En corto... sin cortes.
José Ortiz Medina.
 

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Víctimas, en el desamparo
2017-06-27

 Un inteligente abogado nos mandó la siguiente reflexión:


“Conforme a la Ley de Víctimas para el Estado de Veracruz, promulgada por Miguel Ángel Yunes Linares, Gobernador del Estado de Veracruz, la cual fuera publicada en la Gaceta Oficial del Estado, el cuatro de abril del año que transcurre, misma que entró en vigor al día siguiente de su publicación; tenemos que en el Capítulo III DE LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS EN EL PROCESO PENAL, en su artículo 10 de la citada Ley, se establece que: “Para garantizar el derecho de las víctimas de acceso a la justicia, las víctimas tendrán acceso a los mecanismos y procedimientos previstos en las Constituciones Federal y Local, Tratados Internacionales, y en las leyes procesales de la entidad”, para lo cual es sus diversas fracciones se establecen una serie de derechos de los que gozarán las víctimas, de los que se destaca la fracción IV que a la letra dice: “A ser asesoradas y representadas dentro de la investigación y el proceso por un Asesor Jurídico. En los casos en que no quieran o no puedan contratar un abogado, les será proporcionado por el Estado a solicitud de la víctima de acuerdo al procedimiento que determine esta Ley y su Reglamento; esto incluirá su derecho a elegir libremente a su representante legal”.


De ahí que conforme a la Ley en mención, se desprende que por víctima directa se deberá entender aquellas personas físicas que hayan sufrido algún daño o menoscabo económico, físico, mental, emocional, o en general cualquiera puesta en peligro o lesión a sus bienes jurídicos o derechos como consecuencia de la comisión de un delito o violaciones a sus derechos humanos reconocidos en las Constituciones Federal y Local, y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte; haciendo la distinción en que las víctimas indirectas serán entonces los familiares o aquellas personas físicas a cargo de la víctima directa que tengan una relación inmediata con ella.


Por tanto, de lo anterior se colige, que todos los veracruzanos que tengan la calidad de víctimas tendrían derecho a un asesor jurídico gratuito ya sea que no quieran o no puedan contratar un abogado, el cual deberá ser proporcionado por el Estado.


 Y es que resulta, que con el nuevo sistema penal acusatorio y oral, en todos los procesos de esa naturaleza, las víctimas u ofendidos deben contar con asesor jurídico con independencia de Fiscal que le sea asignado por parte de la Fiscalía General del Estado, esto es, para que un ciudadano pueda proseguir su acción penal ante un órgano jurisdiccional, es requisito indispensable que con independencia de la Representación Social, cuente con un asesor jurídico, tal y como lo marca el Código Nacional de Procedimientos Penales.


Sin embargo, basta con acudir a las Unidades Integrales de Procuración de Justicia, o a las Salas de Juicios Orales, para darse cuenta que no en todos los asuntos existe un asesor jurídico gratuito, es decir, regularmente se le pide a la víctima u ofendido que designe a un profesionista que obviamente sus honorarios corren a cargo del propio ciudadano que ya sufrió un daño o menoscabo en su persona o patrimonio.


No existe en el Estado alguna Institución cuya función jurídica y material sea la debrindar a los ciudadanos la asesoría legal y gratuita para tener intervención en los procesos penales, por lo que habría que ver, si la Comisión para la Atención Integral a Víctimas del Delitos del Estado de Veracruz, será la que garantice ese derecho a los veracruzanos, pero que aparte de ello, tendrá que definirse si hará frente a todas las víctimas del delito o sólo será para algunos cuantos que determine la citada Comisión, o si sólo literalmente dará asesoría jurídica, pero sin intervención en los procesos, lo cual dejaría en estado de indefensión a las víctimas, pues esa no es la interpretación que se le debe dar a ley en mención. 


¿Será que todos los veracruzanos podamos tener derecho a un asesor jurídico gratuito?


 Exige Corriente Crítica del PRI en Veracruz que dirigentes hayan sido candidatos


 Al participar en los trabajos organizados por la CNOP-Veracruz rumbo a la XXII Asamblea Nacional del PRI, la Corriente Crítica Veracruzana, encabezada por Ricardo Olivares Pineda, propuso que quien aspire a ser dirigente nacional, estatal o presidente de los sectores u organizaciones priistas hayan sido candidatos a puestos de elección popular, iniciativa que propondrán en las Mesas Nacionales de la Asamblea Nacional del partido. De acuerdo con un documento en poder de Versiones.com.mx, que se hizo público durante la Asamblea Estatal del 23 de junio pasado, la corriente crítica del PRI establece también que en los Estatutos del partido sea obligatorio que los integrantes de los Consejos Políticos Estatales, Municipales y el Nacional, sean electos democráticamente de entre los militantes activos, y no sean nombrados por "dedazo". Además de que la selección de candidatos a diputados federales, senadores, gobernadores y presidente de la República se realice a través de consulta directa a la militancia, a través de urnas y que esta sea vigilada por el INE. 


 “Por México a cada paso, en cada reto”, la última frase de Castagné


 El comisionado de la Policía Federal en la entidad veracruzana, Juan Camilo Castagné Velasco, una hora antes de su muerte, cambió su perfil de Whatsapp y escribió: “Por México a cada paso, en cada reto”.


Como se recordará, Castagné Velasco, fue asesinado el sábado pasado por un grupo de hombres armados en el restaurante “La Bamba”, en el municipio de Cardel.


José Rigoberto Peña Cárdenas, inspector de la Policía Federal, también murió al ser atacado por un comando armado que irrumpió en el restaurante.


Otro elemento de la corporación, Alberto Sánchez Ruíz, resultó herido y murió mientras recibía atención médica en un hospital.

 
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