En la opinión de:.
Francisco Berlín Valenzuela.
 

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En el ring del Senado
2017-10-28

“VOTO SECRETO CONTRA VOTO ABIERTO”


En los últimos días ha llamado la atención de la opinión pública nacional una curiosa pelea escenificada en el Senado de la República sobre qué tipo de votación debe de realizarse para decidir si el ex Fiscal Electoral Santiago Nieto debe ser restituido en su cargo, después de escuchar su comparecencia y la del Sub Procurador Jurídico y de Asuntos Internacionales Lic. Alberto Díaz Beltrán, encargado de la procuraduría por ausencia de su titular.


Independientemente de las irregularices jurídicas que el asunto encierra y a las cuales me referí en mi artículo intitulado: “Reflexiones Jurídicas Relevantes Sobre la Remoción del Fiscal Electoral”, publicado el día 25 de los corrientes en diversos portales de las redes sociales, hoy quiero referirme a la discrepancia existente entre los senadores del Partido Revolucionario Institucional, apoyados por los del Partido Verde y sus colegas integrantes de la oposición que militan en el PAN, el PRD, Morena y PT, respecto a si debe restituirse al Fiscal Electoral, por votación secreta o por el contrario por votación abierta.


 Tratando de precisar las posturas en disputa, derivadas de los intereses partidistas encontrados, es conveniente reflexionar sobre algunos aspectos de este asunto, partiendo de algunas reflexiones teóricas sobre el significado de las votaciones a fin de entender el trasfondo inserto en el debate.


En principio debe considerarse que el voto “es” una manifestación de voluntad hecha con el propósito de seleccionar a una persona, hacer un nombramiento o escoger una propuesta.


 En materia electoral tratándose de la elección de los ciudadanos para ocupar cargos públicos, la corriente imperante es que la emisión del sufragio se realice en forma secreta, con el propósito de garantizar a los electores la libertad necesaria para evitar presiones o condicionamientos ajenos a su voluntad.


La importancia de esta forma secreta de la emisión del sufragio es que de esta manera se evite la violación a la voluntad de los electores que históricamente se veían obligados a votar de acuerdo con los deseos de sus jefes laborales, de autoridades superiores y de líderes comprometidos con algunos de los candidatos participantes en la contienda electoral, llegándose en ocasiones a coaccionar por diversos medios a sus subordinados que acababan acatando sus instrucciones políticas.


 En este sentido el voto secreto representó un gran avance en el proceso de democratización de muchos países, cuyos electores pudieron manifestar su voluntad electoral sin intervenciones ajenas a su voluntad.


 Por otra parte, la votación en materia parlamentaria es la forma en que los legisladores expresan su voluntad para decidir los asuntos en los que intervienen en el órgano colegiado. Son en palabras de un autor español “los actos a través de los cuales las asambleas legislativas adoptan sus decisiones” después de haber debatido o discutido los asuntos que les son sometidos y sobre los cuales deben manifestarse.


 Es de hacerse notar que la emisión del voto por parte de los parlamentarios, no es una expresión de voluntad personal sino de la representación que ostenta de una parte del pueblo por cuya decisión política se encuentra en el órgano legislativo.


Los diputados y senadores no deben soslayar este hecho al momento de emitir su voto sobre los asuntos en los cuales participan como representantes populares. De ahí que deben conducir su actuación en constante comunicación con los habitantes de su distrito para traducir fielmente su querer ser político logrando así una mayor identidad con ellos.


Esto es lo que hace pensar que en términos generales las votaciones en las que participen los legisladores deben de ser abiertas, a la vista de todo el público para que sus electores conozcan cual fue el sentido de su voto y si están respondiendo o no a sus compromisos políticos.


 Habrá ocasiones en que por la índole de los asuntos votados sea conveniente omitir la identificación de los parlamentarios a través de la votación secreta, pero este tipo de votación debe ser excepcional y no práctica común, por las siguientes razones:


 1.   A través de las votaciones secretas se propician actos de corrupción que los dirigentes gubernamentales y parlamentarios realizan para sacar adelante leyes, decretos o resoluciones a espaldas del sentir popular.



  1. Las votaciones secretas implican falta de claridad y transparencia en los asuntos sometidos a consideración de los parlamentarios, quienes escudados en la opacidad desvían su conducta como representantes del pueblo.

  2. Mediante este tipo de votaciones secretas se eluden los compromisos adquiridos en campaña, cuando acudieron a los electores en busca de su sufragio, pues sabedores de que ellos no van a conocer a ciencia cierta cómo votaron un asunto al interior de sus cámaras, lo harán como más les convenga en lo personal.

  3. La expresión de voluntad secreta de los parlamentarios en una votación va en contra de la rendición de cuentas y de la transparencia que son elementos esenciales para la existencia de una democracia de calidad.


 Las anteriores consideraciones pretenden contribuir al debate surgido en la cámara de senadores por la falta de acuerdo en el tipo de votación que debe emplearse en la decisión, que con los guantes puestos en esta contienda, habrán de tomar en la sesión a la que han sido citados el próximo lunes.


 Esperamos que el buen juicio de los senadores impere en la solución que se adopte y que comprendan que más allá de sus intereses personales y los de sus partidos están los supremos intereses del pueblo de México a los cuales deben corresponder con honestidad y profesionalismo, teniendo presente que LA PATRIA ES PRIMERO.


*Analista político. Autor de libros sobre Derecho Electoral y Derecho Parlamentario. Catedrático universitario. Profesor Investigador-Emérito de “El Colegio de Veracruz”. Receptor de las Medallas “Defensor de la Libertad y Promotor del Progreso”, otorgada por el Club de Periodistas de México, A.C. y por el H. Ayuntamiento de la Ciudad de Xalapa, Ver. (2016)


 


    


 


 


 


 


 


     


 


 

 
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