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Motivos por los que Javier Duarte seguirá preso
Por: Agencia loseditores.com
2018-08-22 - 17:10:30 /

Este día la Procuraduría General de la República (PGR), confirmó que Javier Duarte de Ochoa seguirá preso enfrentando acusaciones por lavado de dinero y asociación delictuosa. 

La PGR cuenta, de acuerdo con la misma corporación, con datos de prueba suficientes y pertinentes para mantenerlo en reclusión aun y cuando los delitos que le imputa no son graves, pero ¿cuáles son esos elementos?

Aquí le presentamos cinco claves para entender por qué el exmandatario veracruzano no podrá salir tan fácilmente de la cárcel.

1.- Existe el peligro de sustracción de la justicia por parte de Javier Duarte, por las siguientes consideraciones: 

Fue detenido en Guatemala al haber abandonado de manera ilegal el país y no tener la intención de enfrentar los procesos penales que le instruye la justicia mexicana.

Su familia reside en la ciudad de Londres, Inglaterra.

Tiene los medios económicos suficientes para salir de México

Puede interferir en las investigaciones que se le instruyen y atentar en contra de los exfuncionarios duartistas que han declarado en su contra.

2.- Además, enfrenta cargos del fuero común ante la Fiscalía General del Estado (FGE) de Veracruz, en dos carpetas de investigación por su probable intervención en la comisión de los hechos que la ley señala como los ilícitos de abuso de autoridad, peculado, tráfico de influencias, incumplimiento de un deber legal y coalición, cometidos contra el Servicio Público.

3.- Asimismo, cuenta con una Orden de Aprehensión por el delito de Desaparición Forzada de Personas a solicitud de la Fiscalía General, la cual no ha sido ejecutada porque la PGR no ha solicitado a Guatemala la excepción al principio de especialidad. 

4.- Los delitos del fuero común antes citados, no son conexos con el delito del orden federal que le imputa la PGR.

5.- El artículo 19 párrafo segundo de la Carta Magna dispone que además de garantizar la comparecencia del acusado en el juicio, la prisión preventiva debe decretarse cuando el imputado esté siendo procesado por otros delitos, lo que está plenamente acreditado desde el momento que la FGE presentó su imputación.

 
 
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