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FGE: INEFICACIA Y CORRUPCIÓN
De la columna "Punto de vista"
Por: Filiberto Vargas Rodríguez
2019-01-16 - 22:19:30 /

La ineptitud y la ineficacia, son otras formas de corrupción /

La frase fue de su padre, el expresidente Miguel de la Madrid Hurtado, y fue retomada por Enrique de la Madrid, a finales del mes de octubre del 2018, cuando ya se discutía la posibilidad de cancelar el proyecto del aeropuerto de la Ciudad de México en Texcoco:


“Ya entendimos que necesitamos hacer gobiernos más honestos, que cumplan, que no sean corruptos, pero la ineptitud es una forma de corrupción, la ineficacia es una forma de corrupción; malas políticas públicas, de esas tampoco queremos los mexicanos y la invitación es a recapacitar”.


La ineptitud y la ineficacia, son otras formas de corrupción, había expresado durante su gestión Miguel de la Madrid.


Este miércoles se dio a conocer que producto de los errores cometidos por la Fiscalía General del Estado (FGE), un juez federal instruyó que se repusiera el juicio contra cuatro expolicías de Veracruz acusados de la desaparición forzada y el asesinato del joven Carlos David Bautista López.


El caso está vinculado al proceso iniciado contra el exdirector de Prevención y Reinserción Social, Óscar Sánchez Tirado.


De acuerdo con la resolución del amparo 201/2018, promovido por la defensa de los expolicías, la Fiscalía presentó una serie de datos de prueba relacionados con un cateo en la propiedad de Sánchez Tirado durante la ampliación del término constitucional; esos datos fueron incorporados en la audiencia para sustentar la referida solicitud de vinculación a proceso.


“Lo anterior resulta incorrecto, pues en atención al contenido del artículo 314 del Código Nacional de Procedimientos Penales, únicamente corresponde al imputado y a su defensa la posibilidad de incorporar durante el plazo constitucional o su ampliación, los medios de prueba que estimen convenientes, no así a la Representación Social. Es decir, la decisión del imputado de postergar la resolución sobre la vinculación o no a proceso no puede operar en su detrimento, pues su finalidad es que tenga más tiempo para ejercer su defensa”, se argumenta en el acuerdo.


En este mismo caso se ha incurrido en otras irregularidades, como la liberación, en mayo del 2018, de Olga Hebe Jiménez Noya, quien había admitido su autoría intelectual en la desaparición forzada de Carlos David Bautista.


Jiménez Noya negoció su liberación con la Fiscalía Especializada en Denuncias por Personas Desaparecidas a cambio de declarar en contra de quien fuera su pareja sentimental, Óscar Sánchez y contra los policías señalados en la misma carpeta.


La Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas establece en su artículo 14 que “el ejercicio de la acción penal y la ejecución de sanciones penales que se impongan judicialmente para los delitos de desaparición forzada de personas y de desaparición cometida por particulares, son imprescriptibles y no están sujetos a criterios de oportunidad ni a formas de solución alterna al proceso u otras de similar naturaleza”.


A finales del año pasado Óscar Sánchez Tirado le envió al autor de esta columna una misiva en la que narra las numerosas violaciones a sus derechos humanos que cometieron las autoridades del penal de Pacho Viejo y la consigna por parte de funcionarios de la Fiscalía para perjudicarlo.


La reposición del proceso contra los policías significará que la juez de control que ve dicho caso no podrá tomar en consideración los datos aportados, de forma adicional, por la Fiscalía, lo que –en opinión especialistas en la materia- podría derivar en la no vinculación a proceso de los policías, o en la modificación de la medida cautelar, lo que en ambos casos representaría su liberación.


Bien lo dijo Cuitláhuac García. Lo que Jorge Winckler ha hecho en la Fiscalía, es mero montaje.


filivargas@gmail.com

 
 
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