Columna Política Express |
¡Buenas noticias!... Bancos deben demostrar cargos reclamados por uso indebido de tarjetas de crédito: SCJN. |
Usuarios de tarjetas de crédito dejarán de sufrir. |
Por: Redacción 2020-08-24 - 15:24:59 / |
Conforme ha dictaminado la Primera Sala. Jurisprudencia Civil. Tesis 1ª/J. 16/2019. Nulidad de pagaré (Voucher)... Carga de la prueba de las operaciones efectuadas mediante el uso de tarjeta bancaria autorizadas a través de la digitalización del número de identificación personal (NIP) en dispositivos denominados ‘Terminal Punto de Venta’. Los bancos tendrán a partir de ahora por disposición de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la obligación de comprobar y aportar pruebas para demostrar que fue el usuario que reclame cargos indebidos en su tarjeta de crédito fue quien realizó las operaciones reclamadas. Lo anterior en virtud de que los bancos son las que se encuentran en una posición dominante en la relación de consumo, por lo que están obligadas a garantizar la seguridad en todas las operaciones que se lleven a cabo con motivo de los contratos celebrados con sus clientes, pues son ellas las cuentan con dispositivos y mecanismos que faciliten la aportación de pruebas, al ser las encargadas de la implementación de medidas de seguridad a efecto de poder verificar no sólo los montos de las disposiciones o los cargos, sin la efectiva utilización de la tarjeta que cuenta con mecanismo chip y del número de identificación personal de los usuarios. Por tanto, dice la SCJN, si los bancos quieren gozar de la presunción legal de tener como emisor al que envió el mensaje de datos, deberá probar los procedimientos de identificación que fueron utilizados durante la transacción y que fueron acordados con el usuario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 310 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las Instituciones de Crédito.
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