Columna Política Express

¡Van contra los subejercicios! Lo no devengado al día último del año, deberá devolverse a la SEFIPLAN
Por: Redacción
2020-09-02 - 19:41:09 /

¡Van contra los subejercicios! Lo no devengado al día último del año, deberá devolverse a la SEFIPLAN /

Un gran paso en materia financiera se dio este día en el Congreso Local, pues las diputadas y diputados de la LXV Legislatura del Estado de Veracruz aprobaron el dictamen de decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del Código Financiero y que reforma diversas disposiciones del código de procedimientos administrativos. 


Lo principal de esta reforma aprobada es que se impondrán sanciones administrativas e incluso penales, para evitar los subejercicios en las dependencias centralizadas y entidades paraestatales de la Administración Pública Estatal, así como en los Poderes Legislativo y Judicial, los organismos autónomos y demás entes públicos estatales. 


Así, si alguna de las citadas dependencias no devenga el presupuesto asignado en el año, deberá reintegrar a la SEFIPLAN lo no ejercido dentro de los siguientes 10 días hábiles posteriores al 31 de diciembre. 


En caso de no realizar la devolución correspondiente del subejercicio, los responsables podrán hacerse acreedores a sanciones administrativas, así como la actualización de los delitos contra el servicio público establecidos en el Código Penal del Estado, y ser sancionados por la autoridad correspondiente. 


Es decir, a diferencia de lo que anteriormente se venía haciendo, ya no se podrán realizar erogaciones al final del Ejercicio Fiscal respectivo con cargo a “ahorros” o “economías”. Dicha acción, era común en las dependencias y entidades pues con esos conceptos etiquetaban el dinero que no se devengaba y lo ocupaban para otros fines distintos a los presupuestados. 


En las consideraciones de la reforma se establece que sólo ante hechos o situaciones emergentes, graves o de fuerza mayor debidamente justificada y ante la posibilidad de que se vea afectada la prestación del servicio público correspondiente, la SEFIPLAN podrá adelantar presupuesto a los entes públicos con cargo a los recursos de libre disposición para enfrentar la situación extraordinaria o contingente. Sin embargo, es importante destacarlo, no será una práctica común sino algo estrictamente justificado. 


El dictamen aprobado con 36 votos a favor, es resultado de la iniciativa presentada ante el Pleno por el Gobernador del Estado, Cuitláhuac García Jiménez, el pasado 30 de enero.


Además de lo anterior, la Comisión Permanente de Hacienda Estatal, determinó como viable la modificación al Código Financiero de Veracruz, respecto al Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje que plantea la reforma del artículo 73 fracción VII, para que deje de formar parte de los impuestos a los que se aplican infracciones con multas cuantificadas en Unidades de Medida y Actualización (UMA), por no presentar oportunamente dictamen de contador público autorizado, toda vez que los contribuyentes de este impuesto no se encuentran obligados a presentar el dictamen referido.  


Además, se aprobó la reforma al artículo 153 apartado B, segundo y último párrafo para establecer que los ingresos que se recauden por la venta de certificados holográficos se destinen al Fondo Ambiental Veracruzano en el porcentaje establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal correspondiente, además en el último párrafo se precisa el nombre del Fondo Forestal Estatal que se encuentra establecido en la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable. 

 
 
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