De dos a seis años de prisión y multa hasta de 300 días de salario, se harán acreedores aquellas personas que abandonen a menores de edad o personas enfermas, adultos mayores o incapaces de cuidarse por sí mismos y que sean expuestos a un peligro en su integridad física. El Decreto número 6 del gobernador Miguel Ángel Yunes Linares y publicado en la Gaceta Oficial del Estado (GOE) en su número extraordinario 004 publicado este martes, dio a conocer sobre la Reforma al artículo 156 del Código Penal del estado de Veracruz en donde explica que: “A quien abandone a menores o personas enfermas, adultas mayores o incapaces de cuidarse por sí mismos, exponiéndolas a un peligro en su integridad física, teniendo la obligación de cuidarlas, se le impondrán de dos a seis años de prisión y multa hasta de trescientos días de salario”. Agrega que, si el activo fuese ascendiente o tutor del ofendido, se le privará de la patria potestad o de la tutela o custodia, así como del derecho a heredar si estuviere en aptitud legal para ello. El Decreto publicado en el órgano oficial del estado, entró en vigor a partir de este martes 3 de enero del 2017. Cabe hacer mención que esta reforma es necesaria dado que en el estado la población adulta mayor es de 558 mil y atendiendo a los 7 millones 643 mil 194 de veracruzanos, representan un número ligeramente mayor a la media nacional de 7.3. La tendencia actual demuestra que en México la población adulto mayor va en aumento.
(Agencia imagen del golfo) |