En cuanto al Partido Morena y en acato a las resoluciones INE/CG657/2016, INE/CG820/2016 e INE/CG303/2017 y al Acuerdo INE/CG494/2017 se le descontarán los montos de las sanciones impuestas de las ministraciones del financiamiento público ordinario para el sostenimiento de sus actividades ordinarias para el ejercicio 2018.
En este mismo tema de sanciones, el pleno también dio cumplimiento a la resolución INE/CG657/2016 emitida por el Consejo General del INE en el que se determinan los remanentes de financiamiento público de campaña no ejercidos durante las campañas electorales 2015-2016, que deberán reintegrarse a la tesorería de la federación o su equivalente en el ámbito local, respecto del saldo remanente a cargo del Partido de Trabajo.
En las resoluciones INE/CG808/2016 respecto del Partido Revolucionario Institucional, INE/CG810/2016 del Partido de la Revolución Democrática, así como del Partido Verde Ecologista de México con la clave INE/CG814/2016 y el Acuerdo INE/CG210/2017, emitida por el Consejo General del INE, en cumplimiento a la sentencia dictada en el expediente SX-RAP-8/2017, se les deducirán, a la citadas organizaciones políticas, de las ministraciones del financiamiento público ordinario los montos que corresponden a las sanciones.
Por otra parte, se rindieron los informes que presentaron la Comisión de Vinculación con el INE, el semestral de solicitudes de acceso a la información pública relativo a los meses de julio a diciembre del 2017 y los de la Secretaría Ejecutiva del organismo autónomo. |