Actualmente, el artículo 149 del Código Penal del Estado de Veracruz establece que "comete el delito de aborto quien interrumpe el embarazo en cualquiera de sus etapas" y el castigo para las mujeres es "la aplicación de medidas educativas" en libertad.
El artículo 150 ordena que "a la persona que haga abortar a las mujeres con su consentimiento se le impondrán de seis meses a dos años de prisión", una norma con dedicatoria para los médicos y enfermeras. Y el artículo 154 define como no castigable el aborto solo si es accidental, resultado de una violación o inseminación artificial no consentida, si se hace para librar del peligro de muerte a la mamá o si a juicio de dos médicos hay razones suficientes para creer que el producto padece trastornos físicos o mentales graves.
La sugerencia de Naciones Unidas es que la nueva redacción del Código Penal permita a las mujeres y médicos interrumpir libremente un embarazo, si éste interfiere con el proyecto de vida de la mujer.
"ONU-Derechos Humanos, ONU Mujeres y el Fondo de Población llaman al estado de Veracruz a cumplir con prontitud y a cabalidad con la sentencia y ofrecen la asistencia técnica que fuera pertinente", se lee en el comunicado.
Los cambios legislativos para despenalizar el aborto en Veracruz han sido bloqueados desde el año pasado por Acción Nacional, que es el partido con mayoría legislativa: 21 de los 50 legisladores son blanquiazules. Eso cambiará en la próxima legislatura emanada de las elecciones del 1 de julio pasado. El próximo Congreso veracruzano tendrá 30 diputados de Morena, cuya bancada apoyó aumentar las causales para que las veracruzanas puedan abortar sin ir a prisión. |