El T-MEC establece explícitamente que los tres gobiernos firmantes están decididos a promover la transparencia, el buen gobierno, el estado de derecho, y eliminar el cohecho y la corrupción; asimismo, se comprometen a facilitar el comercio mediante la promoción de buenas prácticas regulatorias, reconociendo que, a través de análisis objetivos, rendición de cuentas y predictibilidad, pueden facilitar el comercio internacional, la inversión y el crecimiento económico.[2]
Pero más allá de los buenos deseos, el T-MEC incluye por primera vez un capítulo específico sobre medidas anticorrupción, así como disposiciones relacionadas en otros capítulos, como el de contrataciones públicas y el de mejora regulatoria. Ante el número creciente de señalamientos de corrupción en el gobierno mexicano, y los resultados de los diferentes índices que miden la percepción y la incidencia de los actos de corrupción, es necesario cuestionarse si el gobierno está preparado para el escrutinio de la efectividad de sus políticas de combate a la corrupción en el contexto de la crisis económica y social que enmarcará la entrada en vigor del tratado.
Por lo que toca al Estado mexicano, el T-MEC establece compromisos de carácter legislativo en la tipificación de delitos de corrupción como soborno, cohecho y desviación de recursos públicos;[3] contempla medidas preventivas para asegurar que las empresas mantengan registros contables con el fin de evitar que cometan delitos relacionados con actos de corrupción;[4] prevé que el gobierno adopte medidas para la protección de alertadores;[5] busca desincentivar el uso de la figura de pagos de facilitación;[6] finalmente, compromete a los gobiernos a asegurar que existan medidas penales, civiles o administrativas para sancionar la corrupción, fraude y otros actos indebidos en sus contrataciones públicas.[7]
[1] https://mvsnoticias.com/podcasts/segunda-emision-con-luis-cardenas/t-mec-el-mayor-reto-de-roberto-velasco-en-la-direccion-para-america-del-norte/#gsc.tab=0
[2] párrafos 8, 16 y 17 del preámbulo (https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/465782/00esppre_mbulo.pdf)
[3] artículo 27.3, 1-4 (https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/465809/27espanticorrupcion.pdf)
[4] artículo 27.3, 6(https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/465809/27espanticorrupcion.pdf)
[5] artículo 27.3, 7(https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/465809/27espanticorrupcion.pdf)
[6] artículo 27.3, 8(https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/465809/27espanticorrupcion.pdf)
[7] Artículo 13.17.
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(Por Dante Preisser Rentería)
Esta información fue publicada originalmente por Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad en: https://contralacorrupcion.mx/corrupcion-t-mec/ |