En el mismo artículo plantea mantener el carácter honorífico del cargo de integrante del Comité, pero aplicar más rigor en las restricciones para su integración, es decir, prevé que en él no participen personas que tengan vínculo con la empresa contratista para evitar conflictos de interés.
Por último, en lo relativo al artículo 204, Magdaleno Rosales plantea que las obras públicas municipales se hagan en absoluta observancia a lo dispuesto en la normatividad aplicable, para evitar la omisión de legislación o reglamentación alguna en la materia. Las obras, pues, deberán apegarse a las reglas de operación.
Dicho ajuste, añadió el Diputado, permitirá que el Comité continúe verificando la calidad con que se realiza la obra pública, pero también que pueda corroborar que ésta se ejecute, concluya y entregue de acuerdo con los plazos previstos.
Esta Iniciativa coincide con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, particularmente con el número 16 “Paz, Justicia e Instituciones Sólidas”, al compartirse el interés de reducir la corrupción y crear instituciones más responsables y transparentes.
La Iniciativa de Decreto que reforma los artículos 202 y 203 y las fracciones I y IV del artículo 204 de la Ley Orgánica del Municipio Libre fue turnada a la Comisión Permanente de Gobernación.
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