Ante ello, explicó que es el Tribunal Electoral del Estado quien deberá determinar si el resultado es determinante pues la ley federal de la materia establece dos criterios para declarar la nulidad de una elección.
Detalló que el primer criterio es que se haya gastado un 5 por ciento adicional del tope de gastos de campaña. En el caso de Vicente Benítez González que es el candidato electo en ese distrito, ese fue de 115 por ciento según el Instituto Nacional Electoral (INE).
Este rebase de 115 por ciento acredita el primer supuesto; “el segundo supuesto que establece la ley, que se deberá presumir si hay determinancia si la diferencia entre el primero y segundo lugar es superior a 5 por ciento, en el caso del candidato de San Andrés ganador, la diferencia es del 18 por ciento”.
Por ello, explicó que lo que determinará el TEV es si se puede presumir la determinancia con ese 5 por ciento entre el primero y segundo lugar o si el 18 por ciento es suficiente para no anular la elección.
En ese tenor, sostuvo que aunque la ley no establece un término específico para resolver esos asuntos se espera que se realice a la brevedad. |