Enfatiza, además, las atribuciones de los ayuntamientos, consignadas en los artículos 72, fracción XXV de la Ley Orgánica del Municipio Libre, y 3 de la Ley de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres del estado, según los cuales, cada ayuntamiento podrá, de acuerdo con su capacidad presupuestal, considerar una partida específica para destinarla a los Cuerpos de Bomberos, para que estos puedan cubrir sus gastos de operación.
La instancia dictaminadora considera que, puesto que los hombres y mujeres bomberos ofrecen lo mejor de sí en favor de la población, “es necesario respaldarlos y otorgarles certeza jurídica, no solo a nivel personal, sino como organización, misma que en todo momento, otorga un servicio directo al bienestar de la sociedad veracruzana”.
Posicionamientos
De acuerdo con el diputado Luis Arturo Santiago Martínez, del Grupo Legislativo de Morena, esta reforma prevé la regionalización que resultará trascendental en la instalación de Comandancias y Jefaturas de Estaciones o Sub-estaciones y su respectiva coordinación y establece la posibilidad para que los Ayuntamientos tomen las medidas pertinentes para tal efecto en sus respectivos Presupuestos de Egresos.
En el uso de la palabra, la diputada Itzel Yescas Valdivia manifestó el voto del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN) en sentido positivo de dichas modificaciones. Destacó que con esta reforma se faculte a los ayuntamientos a considerar una partida específica para las corporaciones y sus gastos de operación.
A su vez, el diputado Jaime Enrique de la Garza Martínez se manifestó a favor de que en el próximo Presupuesto de Egresos se establezca el recurso necesario para que sea real y concreto el apoyo para la compra de equipo y el pago de salarios dignos. |