De forma inaudita las renuncias tienen casi un año de diferencia entre su presentación y aplicación.
Antes hoy, después de la reforma constitucional de 1994, solo se tenían los precedentes de las renuncias de Eduardo Medina Mora y de Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. En ambos casos, y aunque las renuncias solo procedían por “causas graves”, se avinieron a ese concepto jurídico tan ambiguo que dejó que renunciaran por lo que les vino en gana.
El artículo 98 de la Constitución establece que “Las renuncias de las Ministras y los Ministros de la Suprema Corte de Justicia, Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y Magistradas y Magistrados del Tribunal Electoral, solamente procederán por causas graves; serán aprobadas por mayoría de los miembros presentes del Senado de la República o, en sus recesos, por la Comisión Permanente”.
Pero ni con Medina Mora, ni Zaldívar, ni en las actuales renuncias, se explican cuáles son esas causas graves con lo que se vulnera el derecho que tienen los ciudadanos a la información, y deja todo a la imaginación de los por qué y los cómo.
Las renuncias serán aceptadas, eso no tiene vuelta de hoja, ni crea que aunque Fernández Noroña diga que el Senado puede no aceptarlas, no lo harán. Todo está perfectamente planchado y amarrado por Adán Augusto López y los Ministros.
Entonces, ¿Por qué renunciar desde ahora? Los Ministros están asegurando que no van a postularse en el 2025 y con ellos logran una “honrosa” salida, buscando garantizar mantener su sueldo y prestaciones, ¡De por vida!
¿Dónde está el truco? El truco está en el Séptimo Transitorio de la Reforma al Poder Judicial, que establece que “Las Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que concluyan su encargo por no postularse o no haber sido electos en la elección extraordinaria del año 2025, no serán beneficiarias de un haber por retiro, salvo cuando presenten su renuncia al cargo antes de la fecha de cierre de la convocatoria señalada en la fracción I del artículo 96 de este Decreto”, y este periodo se cumple en los primeros treinta días naturales siguientes a la instalación del primer periodo ordinario de sesiones del año anterior a la elección que corresponda… o sea, este miércoles 30 de octubre.
Teniendo en mente lo anterior, ¿Se puede dudar de las verdaderas intenciones de los Ministros? Ellos van por lo suyo, por su sueldo íntegro de por vida, por sus prestaciones al 100 por ciento, van por la lana. Lo demás, es lo de menos.
De nada valen frases estridentes como las de la ministra Ríos Farjat, quien en su renuncia asegura que no quiere su haber de retiro… ella sabe que la Constitución establece que esos emolumentos son “irrenunciables”. Para el anecdotario queda la acidez de las renuncias de ministros como Pardo Rebolledo. Testimonial son las reflexiones de los ministros que renuncian y advierten que ello no implica aceptar la constitucionalidad de la Reforma… ¡Vaya cachaza! Por un lado siguen dejando vivir la idea de la inconstitucionalidad, pero por otro (por si las moscas) se avienen a los tiempos de la Reforma al Poder Judicial para renunciar. ¡Faltaba más!
Aseguran hacer las cosas por decoro y por congruencia, pero al mismo tiempo renuncian estando demasiado jóvenes y aprovechándose de la misma Reforma a la que se oponen. Se van jovencitos, como príncipes y princesas, con unos maravillosos sueldos que no les caerán nada mal, asegurando su futuro y el de sus hijos y los hijos de sus hijos.
@AtticussLicona
(COLUMNA "POLÍTICA AL DÍA") |