Cosas pequeñas
Juan Antonio Nemi Dib.
 

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El gran dilema
2022-08-29

Décimo Junio Juvenal fue poeta y prosista satírico romano. A él se atribuye la autoría del verso que sirve para significar a personas y hechos insólitos, fuera de lo común, y que tienen una conducta o un sentido singular, positivo, bueno, útil, exitoso: “Rara avis in Terris”, que se podría traducir libremente como ‘un pájaro peculiar entre el resto de los que habitan la tierra’. Esta aparente minucia literaria se ha convertido en una expresión de reconocimiento especial a quienes se conducen contrariamente a las malas tendencias, con sacrificio, con especial esfuerzo o con impecable desempeño, frente a los que hacen lo indebido o lo inapropiado, frecuentemente la mayoría.


Rara avis in Terris es la definición perfecta para Diego Valadés Ríos, que fue muchas cosas en el servicio público, en la procuración de justicia, en la diplomacia: Procurador General de la República, también de la hoy Ciudad de México, así como Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En lo académico, su trayectoria apabulla: funcionario y maestro de la UNAM, una incontable obra escrita de reconocido valor intelectual, un trabajo ininterrumpido como académico de alto nivel, conferencista, analista, multi premiado, condecorado, no sé cuántas veces doctor honoris causa, investigador emérito, profesor invitado en decenas de universidades mexicanas y extranjeras. Y, además de intachable, el señor no recibió nunca imputaciones por actos indebidos, incluso en esas tétricas chambas que implican ser jefe de ministerios públicos y policías ministeriales. El pantano no le manchó. Salió incólume, digamos.


De modo que si para temas de constitucionalidad se trata, no sólo por sus indiscutibles conocimientos y su merecida calidad de jurisperito, sino por su intachable desempeño profesional, la de Diego Valadés es una voz más que autorizada. Y todo este rollo viene a cuento porque en el diario REFORMA, del día de hoy, el Ministro en Retiro afirma: “Estoy en contra de la prisión preventiva generalizada. Comparto el punto de vista basado en los derechos humanos, en la justicia y en el sentido común, que rechaza los abusos en la aplicación de esa modalidad de privación de la libertad. Es necesario corregir su configuración sin romper el orden constitucional.”


Esta firme declaración de principios del ex Abogado General de la Nación, es resultado de que están por discutirse en el seno de la Suprema Corte de Justicia un par de ponencias que estarían considerando que una parte del artículo 19 de la Constitución General de la República es anti constitucional, es decir, que la Constitución se contradice y se viola a sí misma, en lo relativo a la facultad que tienen actualmente las autoridades para aplicar de manera casi generalizada la prisión preventiva oficiosa.


Valadés reconoce que se ha abusado de esta fórmula de la prisión preventiva. Y aunque no lo dice expresamente, yo entiendo que dicho abuso implica el reconocimiento de que muchas personas están privadas de la libertad por excesos de la autoridad, por pobreza y carencia de medios, por mala defensa, por razones políticas, por saturación del sistema judicial, por corrupción. Y no es un tema menor: lo estudios más conservadores estiman que al menos dos tercios de los presos en México permanecen sin sentencia, que por supuesto no se cumple el término de dos años para la prisión preventiva que impuso la propia Corte, y que en la actualidad es ridículamente ínfimo el porcentaje de personas sometidas a juicio y ya sentenciadas en el tiempo legal, frente a los que esperan años por una resolución de los jueces. Lo peor es que muchos de ellos, muchísimos, son inocentes. Hay casos emblemáticos, no son pocos, de personas presas durante decenios en espera de una sentencia. Ejemplo sencillo y demostrable: sólo porque alguien con poder político y ambiciones imperiales lo desea, a decenas de personas se les fabrican delitos y se les arruina la vida. Juezas y jueces corruptos, que todo venden, fiscales putrefactos y sumisos al poder, no paran mientes en llevar a la cárcel a personas sin culpa alguna.


Valadés consiente en el diagnóstico pero no en el tratamiento: “…no hay fundamento, teórico ni legal, para que la Corte se erija en poder constituyente. A lo más que podría llegar sería a sugerir una reforma; jamás a derogar parte del texto constitucional… En ningún precepto de la Constitución se faculta a la Corte para pronunciarse sobre reales o hipotéticas contradicciones de la Constitución e invalidar alguna de sus disposiciones… Si la Corte asumiera la función de dirimir supuestas contradicciones entre normas constitucionales para determinar la que deba prevalecer, actuaría de facto, o sea sin fundamento normativo; dejaría de ser un tribunal constitucional para erigirse en un tribunal constituyente; sería ella la que en lo sucesivo fijaría el contenido de la Constitución.”


Su argumentación es articulada, sólida, congruente, lógica y difícil de rebatir. Y agrego que son muchos los precedentes, sobre todo en sexenios anteriores, en los que muchos analistas han observado que la Suprema Corte de Justicia de México se ha extralimitado y ha trascendido su deber de interpretar la ley, llegando al indebido extremo de imponer nuevas normas, es decir, legislando, lo que por supuesto no le compete. La preocupación de Valadés es fundada pero no es una práctica reciente ni limitada al actual artículo 19 de la Constitución.


Lo trágico de esto es que el mecanismo legislativo, es decir, la vía plena e inobjetablemente apegada al orden jurídico para cambiar la constitución, por su actual composición política, por su clara orientación ideológica y las acciones de la actual administración, va exactamente en contra del propósito sugerido por incontables organismos internacionales, barras de abogados y expertos, en el sentido de que la prisión preventiva conculca la presunción de inocencia, es un castigo cruel, ilegal y anticipado y un pretexto sólo para justificar que las autoridades policiales y ministeriales trabajan, por lo que debiera eliminarse definitivamente. Lejos de ello, el número de delitos que implican automáticamente prisión, con base en la mera acusación del ministerio público, creció en este gobierno hasta más que duplicarse con el inexplicable respaldo de las oposiciones.


El dilema es grave por donde se le quiera hincar el diente: si la Corte no invalida la prisión preventiva tal y como hoy se aplica en México, cientos de miles de mexicanos continuarán sufriendo la terrible opresión carcelaria y torturadora de un sistema legal que sigue sirviendo a los intereses políticos y económicos y no a la justicia ni a la sociedad. Si la Corte declara inconstitucional una parte de la Constitución, muy probablemente se habrá excedido en sus funciones. Pero al menos, es posible que ocurran menos injusticias. Deseo que ojalá que esta vez la Corte se exceda. El país lo necesita con urgencia.


Columna Cosas pequeñas. 
antonionemi@gmail.com

 
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