La columna.
Fanny Yépez.
 

Otras entradas
2025-12-30 / La libertad de expresión por encima de todo: Claudia Sheinbaum
2025-12-18 / Daniela Griego y Rosa María Hernández Espejo, apoyarán mucho a la gobernadora...
2025-12-15 / Elecciones Intermedias se jugarán con nuevas reglas de la Reforma Electoral
2025-12-11 / El alboroto del Cartel Inmobiliario de Xalapa llegó hasta la mañanera de Sheinbuam
2025-12-10 / Consejeros del OPLE ganan más que la gobernaora Rocío Nahle.
2025-12-09 / Acabar con el rezago de expedientes y la corrupción, es el gran reto de Lisbeth Aurelia Jiménez Aguirre
2025-12-04 / Ley del agua: Bandera Política
2025-12-03 / Como regalo de navidad, aumenta la llegada de remesas en Veracruz..
2025-12-02 / Lisbeth Aurelia Jiménez no está impedida para ocupar la FGE
2025-12-01 / Lo bueno y lo malo del primer informe de Gobierno de Nahle
 
El Congreso estatal violaría la autonomía municipal y el articulo 115
2025-12-31

Las y los alcaldes defenderán sus derechos constitucionales
Abogados expertos opinan al respecto, con el Derecho en la mano

Un gobierno republicano es un sistema donde la soberanía reside en el pueblo, quien delega el poder en representantes electos para gobernar en su nombre, sin un monarca, enfocándose en el bien común y el estado de derecho, con poderes divididos (ejecutivo, legislativo, judicial) y funcionarios responsables ante la ley y los ciudadanos.
Ese concepto se opone a monarquías y despotismos, buscando equilibrio y control del poder a través de la participación ciudadana y la ley. Ningún poder (ejecutivo, legislativo y judicial) constitucionalmente debe estar subordinado a otro.
Si se presentara el caso, de que uno de los poderes invadiera la jurisdicción, competencia y autoridad de otro de los poderes estaría violando la constitución y, por ende, la democracia que debe imperar en nuestro país.
Reitero que, si un poder en México invadiera la autoridad o esfera de otro, se activaría el sistema de pesos y contrapesos establecido en la Constitución para salvaguardar el orden constitucional y la división de poderes. El mecanismo principal para resolver este tipo de conflictos es la controversia constitucional.
Por todo ello, las reformas a la Ley de Planeación del Estado de Veracruz y a la Ley Orgánica del Poder Legislativo han encendido las alertas entre expertos en derecho municipal y constitucional, porque establecen que el Congreso local deberá aprobar los Planes Municipales de Desarrollo de los Ayuntamientos.
Sobre todo, cuando estamos a horas de que las 212 comunas edilicias que fueron electas por los ciudadanos en forma democrática, asuman su encargo, es importante poner sobre la mesa que el poder legislativo estatal tiene la grave intención de supervisar, vigilar, autorizar y en su caso corregir el Plan Municipal de Desarrollo., violando con ello la autonomía municipal.
Las y los alcaldes que entrarán en funciones el próximo 1 de enero del 2026, deben estar alertas de esta eventual circunstancia, para que exijan respeto apegándose al marco constitucional en defensa de su autonomía.
Y es aquí donde debemos destacar lo que marca el Artículo 115 Constitucional que establece la autonomía y base del Municipio Libre, definiendo que cada municipio es gobernado por un Ayuntamiento electo popularmente (Presidente, Síndico y Regidores), que administran su hacienda, servicios públicos (agua, drenaje, alumbrado, limpieza, panteones, mercados, rastro, calles) y seguridad pública, sin autoridad intermedia con el Estado, promoviendo el gobierno republicano y democrático a nivel local.
Para el municipalista, Rubén Ricaño Escobar, esta modificación representa una invasión material de competencias y un acto claramente contrario al diseño constitucional del municipio libre.
El Decreto de modificación está identificado con el número 494, que reforma y adiciona disposiciones de la Ley de Planeación y de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ambas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Se publicó en el número extraordinario 506 de la Gaceta Oficial el viernes 19 de diciembre de 2025.
Ricaño Escobar explica, en texto publicado en la revista Jurista, que “el punto de partida del debate es el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reconoce al municipio como un orden de gobierno autónomo, no como una dependencia administrativa del estado. El Ayuntamiento, electo directamente por la ciudadanía, tiene facultades propias para conducir los asuntos públicos de su competencia, entre ellos la planeación del desarrollo local”.
Subraya que el Plan Municipal de Desarrollo no es un documento secundario, sino el instrumento rector del gobierno municipal. En él se fijan prioridades, programas, metas y criterios para el ejercicio del gasto público, convirtiéndose en el compromiso político y administrativo del Ayuntamiento con su comunidad. Por ello, su elaboración y aprobación forman parte esencial del ejercicio directo del gobierno local.
Desde esta óptica, señala, trasladar la facultad de aprobación al Congreso estatal rompe una línea constitucional básica: la diferencia entre coordinación intergubernamental y subordinación jerárquica. Si bien el Poder Legislativo puede establecer bases generales, promover congruencia con planes estatales y nacionales, solicitar información o emitir observaciones, no puede fungir como instancia aprobatoria de un acto propio del gobierno municipal sin vulnerar su autonomía.
El especialista advierte que convertir al Congreso en “filtro” obligatorio introduce una forma de tutela que el constitucionalismo mexicano no admite. “Si el Ayuntamiento es responsable ante la ciudadanía por los resultados de su gestión, también debe conservar la capacidad efectiva de definir su rumbo”, sostiene.
Las reformas a la Ley de Planeación del Estado de Veracruz y a la Ley Orgánica del Poder Legislativo, han encendido las alertas entre expertos en derecho municipal y constitucional, porque establecen que el Congreso local deberá aprobar los Planes Municipales de Desarrollo de los Ayuntamientos.
La opinión de los especialistas no representa ninguna agresión al Congreso local y mucho menos ofende a alguno de los legisladores, a esos que estudiaron esas reformas, pero evidentemente ofrecen sus conocimientos para dar luz a ese tipo de acciones que parece que invaden a otro poder, perfectamente definido en nuestro sistema de gobierno.
Qué bueno que tenemos en el estado, jurisconsultos altamente capacitados para participar a tiempo y hacer los señalamientos correspondientes, para evitar exhibir al estado de Veracruz como ha sucedido en ocasiones anteriores.

 
Regresar a la Página Principal
Aviso de Privacidad
 
Comentarios
 
En Política al Día nos interesa tu comentario, es por eso que creamos este espacio para tí. Aquellos mensajes que contengan un contenido vulgar, difamatorio u ofensivo, serán eliminados por el administrador del sitio. Leer normas y políticas