Desde el café.
Bernardo Gutiérrez Parra.
 

Otras entradas
2019-08-02 / Brenda, la niña que organiza banquetes
2019-08-01 / El aliviane de los veracruzanos
2019-07-31 / Ailett García, otra hermana en la nómina
2019-07-30 / Xalapa y los absurdos
2019-07-29 / Los dioses que ahora mandan en Veracruz
2019-07-26 / El muerto que va en busca de su reelección
2019-07-24 / El músculo del señor gobernador
2019-07-23 / Pésima señal de AMLO para Cuitláhuac
2019-07-22 / La espartana orden de AMLO y ¿qué se meterían Hipólito e Iván?
2019-07-19 / Yunes Linares el mayor damnificado del PAN
 
.
Portilla inhabilitado legalmente para reelegirse en el ORFIS
2019-08-05

Una firma de abogados a la que se le solicitó su opinión jurídica respecto al relevo en el Órgano de Fiscalización Superior (Orfis), pero concretamente su criterio sobre la posible elegibilidad del actual auditor general Lorenzo Antonio Portilla Vásquez, para un segundo periodo de gestiones, está por dar a conocer el resultado de su investigación.


Una copia de ese informe llegó a mis pecadoras manos; se titula INFORME DE OPINIÓN JURÍDICA RESPECTO AL RELEVO EN EL ORFIS, consta de cuatro páginas y viene dividido en Antecedentes, Hechos, Cuestión Planteada y Marco Jurídico y Análisis.


Como lo que interesa es saber si Portilla Vásquez se puede reelegir de acuerdo con la Ley, pongo a tu consideración lector, lo que dice el Marco Jurídico y Análisis de ese informe:  


En la fecha de la designación del actual Auditor General (año 2012) tenía vigencia y validez la Ley 252 del 6 de junio del 2008 denominada “LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR PARA EL ESTADO”, misma que en su artículo 67, preceptuaba que el Auditor General sería nombrado por un periodo de siete años CON POSIBILIDAD DE SER REELEGIDO EN EL CARGO.


EL 30 de julio del 2015 se aprobó en el Congreso local la Ley 584 denominada “LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR Y RENDICIÓN DE CUENTAS PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE”, misma que en el transitorio segundo abrogó de forma expresa la Ley 252 del 2008 así como “TODAS SUS REFORMAS Y ADICIONES POSTERIORES”. No obstante, en la nueva Ley en el artículo 119, permaneció el mismo periodo del nombramiento y la posibilidad de reelección, tal y como estaba preceptuado en el artículo 67 de la Ley abrogada.


Sin embargo, el 30 de noviembre del 2017 se aprobó la actual Ley 364 denominada “LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR Y RENDICIÓN DE CUENTAS DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE”, misma que abrogó la Ley 584 del 2015 así como “SUS REFORMAS Y ADICIONES POSTERIORES, Y SE ABROGAN TODAS LAS DISPOSICIONES QUE SE OPONGAN A LA PRESENTE LEY” (Transitorio Segundo). 


La Ley vigente prohíbe la posibilidad de reelegir al Auditor General y en el actual artículo 88 a la letra dispone: “El Auditor General será nombrado por un período de siete años, no podrá ser reelegido y sólo se le podrá remover por las causas graves que la Ley señale, con la misma votación requerida para su nombramiento, o por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Quinto de la Constitución del Estado”.


Por su parte, el artículo 67 de la Constitución Política de Veracruz dispone: “El Congreso designará al titular del Órgano de Fiscalización Superior, por el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes, de conformidad con el procedimiento que determine la ley. El titular del Órgano durará en su encargo siete años, no podrá ser reelegido y sólo se le podrá remover por las causas graves que la ley señale, con la misma votación requerida para su nombramiento, o por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Quinto de esta Constitución”.


Las leyes de fiscalización que permitían un segundo periodo de gestión, perdieron vigencia y por lo tanto obligatoriedad total, como consecuencia de la abrogación expresamente ordenada por el Congreso del estado al emitir la actual ley en la materia. Aunado a lo anterior, la abrogación expresa dictada en el transitorio segundo indica que “SE ABROGAN TODAS LAS DISPOSICIONES QUE SE OPONGAN A LA PRESENTE LEY”, lo que confirma que la REELECCIÓN antes permitida se opone a la prohibición de la ley actual.


Como conclusión, la firma de abogados señala:  EL ACTUAL AUDITOR GENERAL, C. LORENZO ANTONIO PORTILLA VÁZQUEZ (sic) NO PUEDE SER DESIGNADO PARA UN SEGUNDO PERÍODO DEL CARGO, PORQUE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE VERACRUZ Y LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR Y RENDICIÓN DE CUENTAS LO PROHIBEN. Y añaden:  NINGUNA LEY DE FISCALIZACIÓN ABROGADA PUEDE SER INVOCADA HOY DÍA, PUES RESULTAN INCOMPATIBLES CON LA ACTUAL Y ES ILÓGICO E INCONSTITUCIONAL LA APLICACIÓN DE AMBAS LEYES A LA VEZ.


Hasta ahí el informe.


En los últimos meses don Lorenzo Antonio ha desarrollado una actividad febril que se contrapone con su pasividad y pachorra de años anteriores. Ha denunciado un par de ocasiones a Yunes Linares (y amenaza con empujarle más acusaciones), tiene en la mira al Fiscal Jorge Winckler y trae asoleados a varios alcaldes y ex alcaldes principalmente del PAN.


Como parte de sus actividades proselitistas en busca de la reelección ha concedido más entrevistas que Luis Miguel, saluda a todo mundo, sonríe, da palmaditas en la espalda, se toma selfies y (aunque esto no se ha confirmado) carga y besa a niños con los pañales mojados.


En cuanto a entrevistas, las concede tanto a portales de noticias de rompe y rasga como a medios de prestigio y todas cuestan. Lo mismo que los columnistas “amigos”, así como los desayunos, comidas y cenas con quienes le pueden ayudar a lograr su anhelo de seguir despachando siete años más en el Orfis. Sus preferidos son gente cercana en afecto y amistad al gobernador y a los legisladores locales. Por dinero no hay problema.


¿De dónde salen las millonarias sumas para esos y otros menesteres? Buena pregunta que quizá sea contestada si alguna vez se ordena que se audite al auditor.


Pero todo ese esfuerzo con cargo al erario parece condenado irremediablemente a la basura si, basados en la Ley, los congresistas locales le dan las gracias por participar y nombran en su lugar a otro auditor.


Portilla Vásquez está legalmente imposibilitado para volver a ocupar el cargo que ostenta. La ley que tanto dice defender así lo mandata y si el tipo es congruente con lo que ésta dice, tendrá que obedecerla. De lo contrario, irá directo a una bronca legal y los legisladores que voten a favor de su reelección también.


bernardogup@hotmail.com


 


 

 
Regresar a la Página Principal
Aviso de Privacidad
 
Comentarios
 
En Política al Día nos interesa tu comentario, es por eso que creamos este espacio para tí. Aquellos mensajes que contengan un contenido vulgar, difamatorio u ofensivo, serán eliminados por el administrador del sitio. Leer normas y políticas