Bitácora Veracruz.
Miguel Ángel Cristiani González.
 

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Lozoya y el circo mediático
2020-08-13

·                   El ex Procurador Ignacio Morales Lechuga dijo que el propósito del caso Lozoya es solo hacer escándalo


·                   Al final se va a decretar que los delitos electorales están Proscritos


·                   Darán la oportunidad al exdirector de Pemex de quedar libre


En un mensaje desde su despacho en la ciudad de México, el ex Procurador General de la República y ex secretario de gobierno del Estado de Veracruz, Ignacio Morales Lechuga  opinó respecto al tema de sobornos millonarios a funcionarios de la pasada administración federal por la empresa Odebrecht: “Emilio Lozoya ha declarado, el día de hoy, sobre cien millones de pesos, que dice haber recibido, y que los entregó a Enrique Peña Nieto y Luis Videgaray para que los usaran en la campaña presidencial del 2012.


¿Por qué razón lo ponen a declarar esto, en público y en este momento?


Primero, para que Lozoya presente la denuncia, porque la declaración fue de Lozoya y la denuncia es de Lozoya.


Segundo, le dan el Criterio de Oportunidad, y lo más probable es que la Fiscalía o el juez, decrete que esos delitos electorales, están prescritos, pero así cumplieron con el criterio de oportunidad, y Lozoya seguirá libre.


Y el propósito se cumplió, porque al final de cuentas, el propósito pareciera ser, un circo mediático y el escándalo y el escándalo, con vistas al 2021.


Está claro que cada vez que arrancan estas campañas de desprestigio contra el pasado, el presidente sube puntos. Bueno, lo está haciendo, el problema no es que lo haga o lo deje de hacer, el problema es que la población se dé cuenta del juego al que la están llevando, con miras al 2021.”


Otros abogados, conocedores del Derecho, comentaron al respecto que la Prescripción, es el término que marca la ley para poder indagar y castigar un delito luego de que fue cometido. Según el artículo 108 del Código Penal Federal se calcula sumando la pena mínima más la máxima de dicho ilícito, y dividiendo el total entre dos. El resultado son los años con los que cuenta una autoridad para iniciar una indagatoria formal.


En ese contexto, en un reportaje de Animal Politico sobre este mismo tema se aclara que los delitos que podrían configurarse en este caso desde el punto de vista de los especialistas son los siguientes:


1)      Delitos electorales


Lozoya refiere que se utilizaron 100 millones de pesos provenientes de Odebrecht para pagar asesores internacionales en la campaña presidencial de 2012. Al no haber sido reportado dicho gasto, se podría presumir la comisión de alguno de los delitos electorales contemplados en los artículos 401 a 413 del Código Penal Federal.


Se trata de delitos que, en su forma más grave, pueden alcanzar hasta nueve años de prisión, según lo estipulado en el referido código.


No obstante, es poco probable que estos delitos se apliquen en los hechos narrados por Lozoya (sobornos en campaña de 2012) dado que prescriben a los cinco años, plazo que venció en 2018.


Además, que el Instituto Nacional Electoral (INE) ya revisó en su momento el proceso de 2012 e impuso sanciones por pagos injustificados al PRI que luego fueron revocadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal. “Básicamente es cosa juzgada”, señaló.


2) Delitos de corrupción


De acuerdo con las declaraciones de exdirectivos de Odebrecht en poder de FGR y ratificadas ahora por Emilio Lozoya, a cambio de los sobornos inyectados a la campaña de Peña Nieto la constructora recibió contratos de obra y servicios en el sexenio pasado. A ello se suman los supuestos pagos de sobornos a legisladores para aprobar las reformas estructurales.


Los penalistas subrayaron que esta aseveración puede dar paso a la configuración de diversos delitos relacionados con corrupción de servidores públicos.


“Si de alguna forma se prueba que el recurso de Odebrecht se utilizó a cambio de obras que luego le fueron entregadas a dicha constructora ahí estamos ante el delito de cohecho”, dijo el exprocurador consultado. Se trata de un ilícito que, de acuerdo con el artículo 222 del Código Penal Federal, también se puede imputar a legisladores.


La penal por el delito de cohecho va de los 2 a los 14 años de prisión y su periodo de prescripción es de ocho años. Para que Peña, Videgaray o exlegisladores puedan ser imputados del mismo, los hechos tendrían que haberse cometido o seguir cometiéndose de 2013 en adelante.


tros delitos que en su momento pudieran aplicarse, de acuerdo con los expertos, es el de peculado que implica un desvío de recursos públicos, o el de enriquecimiento ilícito. Son delitos de corrupción contemplados en los artículos 223 y 224 del Código Penal Federal, que tienen las mismas penas de prisión y plazo de prescripción.


3) Delitos de crimen organizado


Existe una alta probabilidad de que el exsecretario de Hacienda Luis Videgaray y el expresidente Enrique Peña Nieto pudieran ser responsabilizados de delincuencia organizada para cometer operaciones con recurso de procedencia ilícita.


¿Y qué pasará con Emilio Lozoya?


El exdirector de Pemex, Emilio Lozoya Austin, permanecerá en calidad de procesado por los casos Odebrecht y Altos Hornos mientras los fiscales analizan la utilidad de la información que ha proporcionado y la evidencia, entre la que se encontraría un video y recibos que sustentarías los sobornos señalados.


Otro escenario es que el exdirector de Pemex sea sentenciado mediante un proceso abreviado, que implica que se declare culpable sin ir a juicio. El beneficio para él es que se le impondría una pena mínima. Todo ello requiere del aval de FGR.


Actualmente la Fiscalía General con un plazo de hasta seis meses que vence en enero de 2021 para definir si acusa o no al exdirector de Pemex, aunque no es necesario agotar dicho periodo.


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