Debo no niego; pago lo justo.
Teresa Carbajal.
 

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Tanto peca, el que mata la vaca…
2020-09-14

El Instituto de Pensiones del Estado de Veracruz (IPE) es una institución de salvaguarda de los derechos fundamentales, laborales y sociales de los trabajadores en retiro que dedicaron su vida al servicio del gobierno; y como institución del estado no puede, ni debe ser cómplice de la explotación de quienes a cambio de un préstamo graban sus nóminas con descuentos superiores a lo legalmente permitido para pagar intereses usurarios.


Como parte de las acciones de la Jornada Estatal de Defensa del Patrimonio Familiar (JEDPF) que arrancamos el pasado 27 de agosto, atendimos el caso de una profesora pensionada del IPE, con domicilio en Teocelo, Ver., a quien una casa de préstamo le otorgó la cantidad de 342,000 para cobrarle 742,000 a un plazo de 60 meses, con un descuento mensual de poco mas de 12  mil pesos lo que equivale a cerca del 40% de su ingreso total mensual. 


A la fecha ha abonado 346 mil  y debe casi 400 de “puros” intereses, sin embargo poco puede hacer por la vía conciliatoria, la que incluso ya intentó con la casa de préstamos, porque parte de los requisitos para que le dieran el crédito fue la firma de una “autorización irrevocable” al IPE para que éste procediera a hacer el descuento -de hasta el último peso y centavo- de la irracional deuda. 


A fin de brindar la asesoría legal tuvimos que documentar el caso, comenzando por saber los motivos que originan el descuento institucional allegándonos información pública a través de un ejercicio de transparencia, respecto a los convenios que el Instituto tiene celebrados con estas casas de préstamos, y por los que percibe el 5% neto, y libre de impuestos sobre el descuento mensual que se aplica al deudor, o sea la comisión la paga el propio deudor y no la prestamista.


Ello dio ocasión para que, si bien el Instituto como tal no es el otorgante del crédito, sí percibe un beneficio con la colocación de dichos créditos; pues jurídicamente hablando es quien ejecuta los cobros, al retenerlos y entregarlos al acreditante, o popularmente hablando, “tanto peca, el que mata la vaca como el que le agarra la pata”.


De ahí que no puede sustraerse a la problemática que presentan los jubilados y pensionados y por tanto le asiste el deber legal como ente de tutela y atención a una población catalogada como vulnerable. 


Por lo que en primera instancia, le hicimos un exhorto público a dicho ente para revisar con perspectiva de derechos humanos esos contratos de crédito por considerar que los mismos en el apartado de tasas de interés resultan violatorios de los derechos de los pensionados y para los efectos del artículo 21.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 362 del Código de Comercio pudieran resultar usurarios.


Si deseas sumarte a la JEDPF, envíanos tu caso a  www.elbarzonrc.org contacta elbarzonrc@yahoo.com.mx, llama al 2281148502 ó sígueme en @terecarbajal

 
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