La diputada Itzel Yescas Valdivia presentó ante el Pleno de la LXVI Legislatura un Anteproyecto con Punto de Acuerdo a través del cual hace un llamado al Ejecutivo estatal para que, de acuerdo con lo establecido en el artículo tercero transitorio de la Ley de Ejecución de Sanciones y Reinserción Social para el Estado, expida en los siguientes 180 días naturales, el Reglamento respectivo.
Durante su participación, la legisladora recordó que en 2008 se realizaron reformas en materia de Derechos Humanos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estableciendo que el sistema procesal penal debiera cambiar de ser inquisitivo a uno acusatorio, enfocado, principalmente, en dos ejes rectores, la inclusión de la perspectiva de género en el sistema penitenciario, y el cambio del término “readaptación social” por “reinserción social”.
Para este fin, señaló, en 2012 fue aprobada y publicada en la Gaceta Oficial del Estado, la Ley de Ejecución de Sanciones y Reinserción Social para el Estado de Veracruz, abriendo la pauta del inicio de la reinserción social en la entidad.
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Sin embargo, acotó Yescas Valdivia, “esta ley no ha sido respetada en su totalidad, toda vez, que actualmente el reglamento que se aplica en relación a la ley en mención, es el Reglamento de los Centros de Readaptación Social del Estado de Veracruz, el cual data desde el 9 de junio de 1992”, precisó.
Tras esta falta de reglamentación, afirmó, los Centros de Reinserción Social no logran cumplir con el propósito de la reforma constitucional de 2008, “al carecer de una regulación que garantice que las personas privadas de la libertad puedan acceder al pleno respeto a sus derechos humanos, mismos que el Estado está obligado a promover, respetar, proteger y garantizar”, aseveró.
Asimismo, indicó que es de gran importancia que, después de casi 11 años de haber entrado en vigor la Ley de Ejecución de Sanciones y Reinserción Social para el Estado de Veracruz, el ejecutivo expida a la brevedad el Reglamento que regule a los Centros de Reinserción Social, adecuando el mismo a las necesidades actuales de las personas privadas de su libertad y armonizándolo con las recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
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