El doctor Tomás Mundo, además, requirió a la Fiscalía para que se le practique a la presidenta del Tribunal Superior de Justicia, una tomografía computarizada “con la finalidad de determinar si padece algún problema en la corteza cerebral”.
Sucede que hay versiones debidamente documentadas de que a la magistrada Inés Romero le han detectado síntomas que podrían significar la existencia de un caso de prosopagnosia, esto es: un trastorno vascular cerebral caracterizado por la incapacidad para reconocer caras conocidas.
De confirmarse algún problema de carácter cerebral, se tendría que abrir un debate para definir si está en condiciones de atender a la responsabilidad que le fue conferida.
La petición del jurista está sustentada en lo que establece el artículo 269 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que dispone que durante una investigación, la policía o el Ministerio Público, podrán “solicitar a cualquier persona la aportación voluntaria de muestras de fluido corporal, vello o cabello, exámenes corporales de carácter biológico, extracciones de sangre u otros análogos, así como que se le permita obtener imágenes internas o externas de alguna parte del cuerpo, siempre que no implique riesgos para la salud y la dignidad de la persona”.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación definió ya en una tesis que la prueba científica es “un medio de convicción utilizable en los procedimientos jurisdiccionales para demostrar la veracidad de los enunciados sobre los hechos fundatorios de las pretensiones de las partes o de sus consecuencias a partir de conocimientos, análisis o el uso de prácticas o instrumentos científicos”.
Señala, además, que los conocimientos aportados por el método científico pueden adquirir una triple dimensión en los procesos jurisdiccionales: “ya sea como medio probatorio, como actividad probatoria en sí misma o como resultado de la prueba científica para conseguir con ésta influir en el ánimo del juzgador”.
La titular del Poder Judicial del Estado (PJE), Isabel Inés Romero Cruz, quizá más preocupada por recuperar los recursos que de manera misteriosa desaparecieron desde que inició su gestión, ha desdeñado la denuncia presentada por el abogado Mario Santés Álvarez, quien fue despedido de su cargo (abogado de oficio).
Como consecuencia de esa medida laboral, le fueron negados los servicios médicos a los que tiene derecho y que requiere, pues de las evaluaciones a las que ha sido sometido fue considerado como “persona vulnerable y de alto riesgo respecto a la pandemia imperante” y recibió licencia médica por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
El denunciante señala en su declaración como presuntos responsables, a la Presidenta del Tribunal Superior de Justicia, la magistrada Isabel Inés Romero Cruz; a la Secretaria General de Acuerdos del Tribunal Superior de Justicia, María Cecilia Guadalupe Hernández; a la Directora de Administración del Consejo de la Judicatura, Joana Marlen Bautista Flores, y a la Subdirectora de Recursos Humanos del propio Tribunal, Alma Nallely Garcia Hernández.
Nunca mejor aplicada aquella sentencia: “El buen juez por su casa empieza”.
filivargas@gmail.com
(De la columna "Punto de vista") |