Sin embargo, del informe del Titular del Registro Aeronáutico Mexicano, se advierte que el helicóptero en comento, es propiedad de la persona moral denominada Transportes Ejecutivo Piza, S. DE R.L. DE C.V., y se encuentra en comodato de la persona moral AEROHELIX, S.A. DE C.V.
Informe con valor probatorio pleno, al ser la autoridad competente para rendir ese tipo de información, pues ante él se inscriben los documentos de propiedad de las aeronaves de México.
De ahí, que para efectos de este procedimiento no se tenga por demostrada que la aeronave en cita sea propiedad del Gobierno del Estado de Veracruz
Durante este análisis los magistrados consideraron inexistentes la denuncia ya que el demandante únicamente presentó cinco enlaces electrónicos de notas periodísticas las cuales tienen un valor indiciario, y fotografías, a las que no pueden otorgárseles valor probatorio suficiente para acreditar lo que pretende. Por lo anterior, al no demostrarse el hecho denunciado es que se declara inexistente la violación.
Por otra parte, el Tribunal Electoral determinó amonestar públicamente a Alejandro Montano Guzmán candidato de los partidos políticos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, ya que durante su pasada campaña, violó el artículo 70 del Código Electoral de Veracruz. Consistente en la colocación de propaganda por el denunciado en el primer cuadro de la ciudad, específicamente en los muebles que utilizan los boleros o betuneros en el parque Juárez, con contenido electoral
Por lo tanto, se acredita la responsabilidad de Alejandro Montano Guzmán y en consecuencia la culpa in vigilando de los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, por lo que, se propone imponer una sanción consistente en amonestación pública, en los términos señalados en la ejecutoria.
Finalmente el PRI a través del PES 73/2017 denunció ante este órgano que el Gobierno del Estado, utilizó programas sociales como el llamado “Veracruz comienza Contigo” durante la pasada elección del cuatro de junio para apoyar a sus candidatos de la coalición PAN-PRD.
Como en los demás casos que analiza este tribunal determinaron que no se presentaron las pruebas necesarias, por lo que declararon inexistente la violación. |