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FGE solapa a ocho ministeriales culpables de tortura

Siguen Activos

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Gabriela Rasgado
2017-08-09  
18:57

La Fiscalía General del Estado (FGE), mantiene en activo a ocho elementos ministeriales de los que se acreditó que incurrieron en tortura, mismos a los que solo impuso sanciones administrativas, pese a la gravedad de su conducta; a otros no les encontró responsabilidad. Solo en un caso, hay un proceso penal abierto.


De acuerdo a una solicitud de acceso a la información pública, la FGE ha concluido Procedimientos Administrativos de Responsabilidad (PAR) para 23 elementos de la Policía Ministerial Acreditada (PMA), de la extinta Agencia Veracruzana de Investigaciones (AVI), y de algunos adscritos a la Unidad Especializada en Combate al Secuestro (UECS), de 2010 a 2014.


La Fiscalía General informó que actualmente se encuentran en trámite cinco procedimientos, también administrativos, de 2014 a 2017; y este año, dio inicio a una carpeta de investigación (C.I.FESP/153/2016/VIII-06), para sancionar penalmente a quienes por tres días torturaron al único detenido en el caso “madame”.


¿Quiénes son?


La información revelada por el organismo autónomo a cargo de Jorge Winckler Ortiz detalla que los 23 elementos investigados en su momento, se agruparon en seis procedimientos administrativos, todos concluidos a la fecha.


En 2010, la FGE inició el Procedimiento Administrativo de Responsabilidad 064/2010, contra los elementos Manuel Paz y Puente López; Cándido Aguilar Vázquez; Francisco Pérez Pérez; Carlos Romero Jácome; José Alfredo Zárate Saldaña; Juan Ramón Jiménez Morales y Saúl Antonio Sandría Navarrete, todos adscritos a la extinta AVI.


La FGE exoneró a todos los elementos, al concluir que no encontró responsabilidad administrativa alguna y por ende, no tuvieron sanción.


Para 2013, la Fiscalía General inició el mayor número de procedimientos: cuatro, que abarcaron a 13 elementos, todos de la Policía Ministerial.


Bajo el expediente 008/2013, la FGE inició procesos contra Jesús Macario Vaquero; Heriberto Vargas Aguilar y Armando Olmedo Martínez. Al concluir los PAR, se determinó que no existió responsabilidad administrativa alguna.


Ese mismo año, abrió el procedimiento 017/2013 contra Faustino Jiménez Marino; José Atila Guzmán García y Mario Taurino Monsalve Cuevas. El proceso también concluyó no encontrando responsabilidad administrativa.


Lo mismo pasó para los policías Sergio García Célis y Armando Osorio Márquez, quienes fueron exculpados dentro del proceso 363/2013.


Quienes no corrieron con la misma suerte, pero tampoco fueron sancionados más allá del alcance administrativo fueron cinco elementos, también ese año.


La FGE sancionó a Andrés Cruz Bautista y Guillermo Martínez Lagunes, con 90 días de suspensión sin goce de sueldo; en el caso de Fernando Lara Rodríguez, Alberto Díaz Amaro y Hugo Gutiérrez Mendoza fueron 30 días de suspensión sin goce de sueldo, todos investigados dentro del procedimiento 018/2013.


Un año después, en 2014, los elementos de la Policía Ministerial adscritos a la Unidad Especializada en Combate al Secuestro (UECS), Rosa Bibiana Parras Bolaños, Margarito Ramón Veracruz y Edgar Hernández Blanco fueron sancionados con una suspensión de 30 días, sin goce de sueldo para cada uno, en el proceso administrativo 101/2014.


Actualmente, la Fiscalía tiene cinco procedimientos en trámite, aunque por estar justamente en ese estatus, no revela los nombres de los implicados, pues no existe una responsabilidad deslindada.


Dichos procedimientos van del año 2014 a 2017 y son los siguientes: 006/2014; 014/2014; el 258/2016; el 006/2017 y el 063/2017.


Asimismo, el único proceso penal iniciado por tortura, es el que se desprende de la recomendación 06/2017 de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), que acreditó que entre 12 y 14 elementos ministeriales mantuvieron privado de su libertad durante tres días al único detenido por el multihomicidio en el bar “Madame”, de esta capital, tiempo en el cual ejercieron tortura física y psicológica para inculparse por los hechos que consternaron a la sociedad veracruzana.


Más recomendaciones


La CEDH ha documentado, al menos este año, más de un caso de tortura de parte de elementos adscritos a la FGE.


En la recomendación 16/2017, la CEDH detalla que no solo la FGE, sino también el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y el Consejo de la Judicatura del Estado, son responsables de violaciones de derechos humanos, por hechos atribuidos a elementos de la entonces Agencia Veracruzana de Investigaciones de la Ciudad de Córdoba, Veracruz, en agravio de una mujer de identidad resguardada, condenada a 24 años de cárcel.


“Por la detención ilegal, la incomunicación y la tortura, incluyendo tortura sexual, en agravio de MSVR: Elementos de la extinta Agencia Veracruzana de Investigaciones y demás que resulten responsables. La suscrita ignora los nombres de los servidores públicos que torturaron a MSVR el 26 de octubre de 2012”.


Está demostrado, señala la comisión, “que la quejosa MSVR, fue detenida el día veintiséis de octubre de dos mil doce, por elementos de la entonces Agencia Veracruzana de Investigaciones, en cumplimiento a la orden de aprehensión girada en la Causa Penal ****/2012 del Juzgado Primero de Primera Instancia del Distrito Judicial de Córdoba, Veracruz, como probable responsable del delito de secuestro agravado y robo, por lo que se considera como legal dicha detención.


“No obstante, se considera que la retención por doce horas con veinticinco minutos en que incurrieron los elementos aprehensores, fue injustificadamente prolongada, lo que es contrario a lo establecido por la CPEUM y demás instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, en su parte relativa a poner a disposición de manera inmediata a la persona detenida ante autoridad competente.


“De igual manera, está demostrado que el día veintiséis de octubre de dos mil doce, los elementos de la entonces Agencia Veracruzana de Investigaciones de la ciudad de Córdoba que llevaron a cabo la detención de MSVR, le causaron afectaciones a su integridad personal, realizando actos constitutivos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes”, refiere el expediente.


Además, se señala que la autoridad tuvo conocimiento de estos hechos, pero la juez de control fue omisa en ordenar la investigación de los hechos narrados por la señora MSVR, y que son constitutivos de tortura, “ello es así pues en su propio informe admitió no haber realizado diligencia alguna respecto a lo vertido por la quejosa en fecha trece de mayo de dos mil trece, en audiencia de interrogatorio”.


De acuerdo con el protocolo de Estambul practicado a la quejosa, la Comisión determinó que además de los golpes recibidos “también destaca las humillaciones de tipo sexual, las amenazas de ser violada, los toqueteos y la desnudez forzada, como actos que le provocaron a posteriori, la sensación de haber sido rebajada al lugar de objeto con incidencia sobre su subjetividad, pensándose después de ser cosificada, sin valor, sucia y utilizada”.


La CEDH solicita que se repare integralmente el daño, que las autoridades garanticen la no repetición del mismo, y se sancione a los elementos implicados, así como a la servidora pública del juzgado.


(Agencia de noticias loseditores.com)

 
 
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