El Pleno de la LXIV Legislatura de Veracruz reformó el Código Penal del Estado para imponer pena de prisión de cinco a diez años y multa de 200 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), a quien, aprovechándose de la confianza depositada en él, difunda, revele, transmita, reproduzca imágenes o audiovisuales, con contenido pornográfico, sin el consentimiento de la persona que deba otorgarlo.
La reforma incluye que cuando exista ánimo lucrativo en la revelación del contenido a que se refiere el párrafo anterior, la pena de prisión se aumentará hasta en una mitad adicional.
El Decreto establece la imposición de dos a diez años de prisión y multa de 100 a 200 UMA a quien reciba u obtenga de una persona, imágenes, textos o grabaciones de voz o audiovisuales de contenido pornográfico y las revele o difunda con fines de lucro y sin el consentimiento de la persona que expresamente puede otorgarlo, en perjuicio de su intimidad.
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Las y los legisladores avalaron con 33 votos a favor, sin votos en abstención o en contra, este Decreto, resultado de la iniciativa que presentó el 28 de mayo de este año la diputada Regina Vázquez Saut.
El Dictamen señala el Código Penal del Estado, solo tipifica la obtención o divulgación de imágenes, conversaciones, videos o grabaciones cuando son obtenidas sin consentimiento de la víctima, sin proteger aquellos casos en los cuales la entrega de dicha información se realiza en el plano de la confianza y ésta es difundida contra su voluntad, quedando excluida la punibilidad de tal conducta.
Al fijar el posicionamiento a nombre del Grupo Legislativo del PAN, la diputada Regina Vázquez Saut dijo que esta reforma significa un paso importante para la dignificación humana. Añadió que con las nuevas tecnologías bastan 30 segundos para acabar con la tranquilidad de una persona y que en ocasiones termina en tragedia, por lo que destacó la importancia de esta reforma que vendrá a sentar bases para evitarlo. |