"Una de las facultades que tiene la autoridad fiscal es practicar visitas domiciliarias, entre otras, para verificar la expedición de comprobantes (…) en la forma en que lo disponen las leyes".
De caer en dicha irregularidad, al exhibir algún documento con datos contrarios a los de la emisión del cliente y la descripción del bien o servicio adquirido, serán acreedores a una multa de 16 mil 670 pesos a 95 mil 300 pesos.
Incluso, dijo, el SAT puede hasta realizar la clausura preventiva del establecimiento del contribuyente por un plazo de tres a 15 días, y para determinar dicho plazo, la autoridad fiscal tomará en consideración lo previsto por el artículo 75 de este Código. |