Sin embargo, en este polémico caso algunos abogados argumentan que el texto del citatorio se contradice en cuanto a las medidas de apremio ahí mencionadas y le han querido dar una interpretación que ha confundido a los lectores. Lo anterior quizá porque no han reparado que al final del párrafo de la penúltima medida de apremio dice “…Auxilio de la fuerza pública; o… Arresto hasta por treinta y seis horas…”, lo que faculta a la Fiscalía a ir por él para llevarlo a declarar o aplicarle un arresto de 36 horas o hasta que pague una multa que va de veinte a mil días de Salario Mínimo.
El ‘Chiquiyunes’ en su defensa declaró a medios locales que no fue citado formalmente en su domicilio particular para comparecer ante la autoridad ministerial, pero que ha presentado un escrito ante la Fiscalía para transmitir su deseo de cooperar de forma voluntaria a la investigación instruida en su contra solicitando, eso sí, que le sea respetada la presunción de inocencia y su derecho humano a una debida defensa.
Sin embargo, ahora vendrá lo bueno, pues se sabe que en la Fiscalía General del Estado de Veracruz tienen constancia de que la notificación del citatorio se realizó en estricto apego a la normatividad correspondiente y que al ser notificado el ‘Chiquiyunes’ ni la nariz asomó.
Por cierto, todo este tema tiene un tufito medio extraño, pues no es el Ministerio Público la entidad que ordena las órdenes de aprehensión como se advierte en el mencionado documento. Las detenciones las determina un juez competente y, adicionalmente, tradicionalmente la última medida cautelar es precisamente la prisión, a menos que el delito esté cometido en flagrancia. Así que todo esto tiene un tono extraño.
El caso se pone bueno a unos días de que terminen las campañas políticas de las elecciones 2021 en Veracruz.
|