Si la terapia de conversión se hiciere en un menor de 18 años, o persona que padezca alguna discapacidad, o no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, o persona que no tenga capacidad de resistir la conducta, se aplicará la pena máxima y se perseguirá de oficio.
Al participar en tribuna, la diputada Tania María Cruz Mejía subrayó que la iniciativa adicionaría una fracción VI y un penultimo párrafo al artículo 196 del Código Penal del Estado para penalizar las terapias de conversión en Veracruz, que conlleva la prohibición de estas prácticas que atentan y vulneran los derechos de las personas que son sometidas a estos actos.
Posteriormente, recordó que fue en 1991 cuando surge por primera vez la Terapia reparativa, misma que se planteó como un modelo terapeutico que permitiera cambiar de la homosexualidad a la heterosexualidad. “En 2012, la Organización Mundial de la Salud estableció que las Terapias de Conversión donde se busca corregir la orientación sexual de una persona carece de justificación médica y representa una amenaza a la salud mental”, agregó.
Dijo que a pesar de la citada prohibición y recomendación que han hecho organismos internacionales de salud, en México siguen ocurriendo estas prácticas y se llevan a cabo a falta de un ordenamiento jurídico. “En la actualidad solamente ocho estados han legislado en la materia para su prohibición y son: Ciudad de México, Estado de México, Tlaxcala, Colima, Zacatecas, Yucatán, Baja California Sur y Jalisco que el pasado 7 de abril del año en curso, aprobó su prohibición”, destacó.
Asimismo, indicó que aun cuando no hay cifras oficiales sobre el número de personas que son sometidas a las terapias de conversión o Ecosig (Esfuerzos por corregir la orientación sexual e identidad de género) en Veracruz, si hay conocimiento que siguen vigentes y la evidencia indica que todas las personas que las han padecido sufren graves secuelas físicas o emocionales.
La iniciativa fue turnada para su estudio y dictamen a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales. |