Es decir, mientras en el primero se señala el pago de salarios vencidos hasta por un periodo de un año, en el otro queda abierto hasta que se pague la indemnización. El Diputado considera en su iniciativa que los efectos de la duración de estos juicios, que en promedio se resuelven en un lapso de cuatro años, perjudican a ambas partes, tanto al trabajador como a la entidad pública.
Ramón Díaz Ávila explica que su propuesta busca el establecimiento de un límite a la generación de salarios vencidos, combatir la indebida práctica de prolongar a través de argucias legales la duración de los juicios laborales, concientizar a las partes involucradas en el litigio a dirimir en un corto plazo, a través de la vía de conciliación, y desahogar futuras controversias laborales.
"Con esta reforma, contribuiríamos a dar una mayor agilidad y resolución en las demandas, ya que al establecerse el pago máximo de doce meses desde el momento de la separación del trabajador, generaría una posición equilibrada que motivaría a las partes poner fin de manera pronta al procedimiento", señala el legislador.
Esta iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Trabajo y Previsión Social. |