La jueza presuntamente dio fe de un supuesto amparo concedido a Itiel ‘N’ que no correspondía al acusado, aunado a que no existe registro en los libros del Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Cosamaloapan.
“Los hechos probablemente constitutivos de delito en agravio de la administración de justicia, son derivados de diversas acciones que realizó la vinculada a proceso en un cuadernillo de amparo, donde hizo constar la existencia de un juicio de amparo y dando fe sobre la supuesta suspensión de plano concedida a Itiel ‘N’; sin embargo, una vez consultado en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes del Consejo de la Judicatura Federal, el juicio de amparo que hizo constar no correspondían al quejoso ni la materia; aunado a que no existe registro en los libros del Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Cosamaloapan, por lo que se tipifica la probable comisión del delito contra la fe pública”.
“Cabe señalar -insiste la Ficalía- que la carpeta de investigación respectiva se inició por denuncia interpuesta por el Poder Judicial del Estado en contra de la ahora vinculada, al haber realizado ésta una certificación de hechos que no son ciertos y dando fe de otros que no le podían constar, ya que se trataba de hechos que ocurrieron en un lugar diverso a aquel en el que se encontraba la citada juzgadora”.
“Por cuanto hace a la probable comisión del delito de tráfico de influencia, aprovechándose de la comisión para conocer de un asunto en particular, realizó múltiples llamadas telefónicas y envíos de correos electrónicos al CEFERESO de Coahuila, gestionando la liberación de una persona privada de su libertad, acto para el cual no estaba facultada; presuntamente amenazando y presionando para que se cumpliera su resolución”.
Así que hasta aquí todo parece indicar que la vinculación a proceso tiene peso jurídico a pesar de que estudiosos del derecho y colegios de abogados argumentan que los delitos por los que se le acusa a la Jueza no ameritan cárcel y podría la jueza seguir su juicio en libertad por no tratarse de un delito grave.
La pregunta es, estarán enterados sus defensores de los cargos que señala la fiscalía en la explicación técnica que antes se anotó.
El caso es grave por el trato mediático que se le ha dado, así que más vale que la Fiscalía pueda probar en el tiempo que la jueza pasará en la cárcel dictado como medida cautelar.
De lo contrario, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, los abogados defensores y los medios nacionales harán pasar muy malos ratos a quienes, como se dice, encarcelaron a la Jueza sin razón. |