¿Es que a pesar de existir ese beneficio no se usa?
¿Por qué no se usa?
Eso quizá es lo que debería estar estudiando el SAT y a fondo, ya que por alguna razón los causantes no están haciendo el uso que Hacienda esperaba.
¿Será porque sobre todo en los colegios particulares hacen hasta lo imposible por no otorgar facturas? Y si las otorgan, se niegan a desglosar los componentes de los pagos.
Hay que recordar que para obtener ese beneficio, los causantes deben pagar esos gastos con cheque nominativo, transferencia electrónica desde una cuenta bancaria del contribuyente o con tarjeta de crédito, débito o de servicios.
Bueno, pero a lo mejor es que ese beneficio no es muy conocido por los causantes. Puede ser. A lo mejor no se sabe o conoce de este beneficio fiscal y los causantes no se han enterado de lo anterior y además que dicho beneficio también aplica además de los padres o tutores, para cónyuges, concubinos, familiares ascendientes o descendientes en línea directa o para sí mismos.
Lo mejor sería que los causantes supieran que para cualquier duda al respecto pueden llamar al 55-62-72-27-28 o al chat “OrientaSAT”.
A lo mejor una simple consulta le puede ahorrar muchos pesos. Vale la pena hacerlo. |