Los resultados de la elección de diputados locales por el principio de mayoría relativa arrojan que llegarán al Congreso del Estado de Veracruz 18 hombres y 12 mujeres, quienes fueron elegidos por el voto popular directo. Empero, los nuevos criterios constitucionales de paridad obligan a que, para que haya una representación de 50 por ciento para cada sexo, ésta tiene que compensarse en la asignación de las diputaciones plurinominales.
Así que en el caso específico del Congreso veracruzano, deben asignarse siete diputaciones plurinominales a hombres y 13 a mujeres, con lo cual la integración de la próxima Legislatura sería de 25 y 25. Hasta ahí, no habría ninguna duda de qué le corresponde a cada quién. Pero hay un “pequeño” problema.
En la lista de candidatos de representación proporcional de Morena, el primer lugar fue asignado a Gonzalo Durán Chincoya, quien es representante de la comunidad LGBT+, pero fue registrado en su identidad de género como hombre. Tanto así, que su suplente, de nombre José Roberto Rojas González, también lo es.
En el segundo lugar de la lista de Morena fue registrado Juan Javier Gómez Cazarín, quien también es hombre y es a él a quien le correspondería ceder su lugar a una mujer para mantener la paridad de género. Sobre eso ha versado la discusión sobre este tema en las últimas semanas.
Pero resulta que el pasado lunes, uno de los consejeros del Organismo Público Local Electoral de Veracruz, Juan Manuel Vázquez Barajas, publicó en su cuenta de Twitter una gráfica en la que adelanta la “posible” integración del Congreso estatal por “tipo de sexo”, y en la cual a las que perjudica es a las mujeres, pues les resta una diputación plurinominal para concedérsela a la categoría “no binaria”, esto es, a la persona de la comunidad gay. Cuando los criterios legales indican que debía restársale a los hombres y, además, directamente a los de su mismo partido.
La fracción segunda del artículo 6 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que “el Instituto (Nacional Electoral), los Organismos Públicos Locales, los partidos políticos, personas precandidatas y candidatas, deberán garantizar el principio de paridad de género en el ejercicio de los derechos políticos y electorales, así como el respeto a los derechos humanos de las mujeres”.
Lo anterior, a partir de las reformas constitucionales sobre paridad que lo que buscan es cambiar una diferencia estructural histórica de discriminación hacia las mujeres en el acceso efectivo a cargos de elección popular y de toma de decisiones públicas.
Pero la sospechosa “estimación” del consejero Barajas –cuando el proceso electoral no ha concluido, pues aún se encuentra en su fase de impugnaciones- lo que hace es reiterar ese patrón de discriminación y una desigualdad estructural, pues afecta la representación de las mujeres para dejar intacta la de los hombres, violentando el aspecto material del principio de paridad en el ejercicio del derecho de ser votado en su vertiente de ocupar un cargo.
Y de paso, le abre la puerta a Gómez Cazarín para quedarse en el Congreso, luego de que el propio gobernador de Veracruz, Cuitláhuac García, afirmó que sí integrará la próxima Legislatura. Cuando eso le tocará determinarlo al OPLE.
Ni se notan los dados cargados. Pero paridad es pares, no impares.
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