El tema de la cobranza delegada como se le conoce a la iniciativa que desde hace un año intenta institucionalizar las tiendas de raya en este siglo, volvió a ser tema en la Cámara de Diputados el pasado 29 de noviembre fecha en la que se listó para discutirse nuevamente en la Comisión de Hacienda suspendiéndose de último momento su abordaje.
El tema llamó la atención porque la iniciativa era casi idéntica a la que se aprobó el diecisiete de marzo de este mismo año en el pleno de la Cámara de Diputados para ser turnada al Senado de la República, de la que se recuerda el día siguiente, un dieciocho de marzo, precisamente en Veracruz cuando el Presidente de la República se comprometía a vetarla en caso de ser aprobada en el Senado.
En cascada ese mismo día autoridades laborales y protectoras de los usuarios de servicios financieros, exponían a destiempo sus argumentos con los cuales dijeron oponerse a la aprobación de la ley de cobranza delegada; de sus dichos queda constancia en redes sociales, tuiter, incluso en comunicados institucionales.
En aquel momento pareció quedar ahí el problema, sin embargo a escasos ocho meses de nueva cuenta los diputados de morena y del partido verde ecologista intentaron pasar la ley.
El cuestionamiento principal de la misma se ciñe, sobre la pretensión de legalizar los vicios y fallas que prevalecen en una práctica que existe y no resolver los problemas con diálogo entre los sectores involucrados, básicamente los usuarios de créditos y también, por qué no, los otorgantes de crédito.
Por ejemplo, la capacidad de endeudamiento que la iniciativa contempla va sobre el 40% del ingreso total del trabajador menos el descuento del factor de resguardo, aún cuando es criterio judicial reiterado y ley en otros casos, que no se puede disponer para pago de deudas de mas allá del 30% del excedente del ingreso, sin considerar el salario mínimo, pues este es inembargable.
El factor de resguardo, se tasa en Unidades de Inversión (UDI´s) en el dictamen, no hay por qué recurrir a esta medida si para eso tenemos el salario mínimo, es decir nadie puede, ni debe vivir con menos del salario mínimo.
El punto relativo a la irrevocabilidad de la cobranza delegada a los patrones es otro de los puntos que pone el dedo en la llaga, pues ya tiene años que se habla de la portabilidad de la nómina, para buscar mejores condiciones de crédito o de beneficios por parte de una institución bancaria, entonces por qué con esta ley se habría de coartar una libertad que ya tenemos ganada, eso evidentemente implica un retroceso.
Las reestructuras, es un hecho probado que una reestructura en crédito de nómina es más perjudicial que benéfica para un acreditado, pues la cuenta se alarga y con ella se incrementa el pago tanto de capital como de intereses, no debe darse de ningún modo esa libertad al acreedor para reestructurar a su antojo. Ello sin hablar de las responsabilidades que corre el patrón al convertirse en cobrador.
En fin, que sigue haciendo falta una ley, pero una ley que ponga orden y sea justa de lo contrario solo nos conducirá a la legalización de los abusos y eso, no lo vamos a permitir.
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