Pero con el dos mil veinte llegó también la noticia de que debía cerrar su negocio de manera total haciendo la espera para reabrir insoportable, pues acabó con sus ahorros para mantener el pago de obligaciones patronales, fiscales, renta, servicios públicos, el sueldo de sus empleados -a quienes no podía dejar en la calle de la noche a la mañana-, la manutención de sus pequeños hijos y un hecho que agravó la situación que lo fue padecer la enfermedad.
El apoyo que recibió del Banco fue diferir los pagos por un lapso que se quedó corto en comparación con los tiempos que le llevaría recuperarse; una vez agotado no hubo razón que hiciera entender al departamento de cobranzas que aún le era prácticamente imposible pagar la mensualidad prometida, no por falta de voluntad sino por falta de dinero.
Así fue que un día le llegó la noticia de que los pocos fondos que le quedaban en una cuenta bancaria habían sido retenidos es decir “congelados” por una autoridad judicial no importando que no fuera en ese banco en donde tenía el adeudo, pues la orden había sido girada para localizar y retener el dinero que tuviera depositado en cualquier cuenta que estuviera a su nombre en cualquier institución crediticia del sistema financiero formal.
A los pocos días llegó también la noticia que cualquier vehículo que tuviera a su nombre quedaba inmovilizado, con orden de no permitir cambio de propietario; y días después recibió la visita en su domicilio de un actuario judicial y un abogado de cobranzas del banco para requerirle el pago total y en una exhibición de la deuda, y que para el caso de no hacerlo seria embargado en los bienes que tuviera (aparte de lo que ya le había sido afectado).
¿Es esta la forma en que debe tratarse a un cliente bancario cumplido caído en desgracia por una causa mas que evidente y justificada, que en su momento le hizo imposible pagar?
El cuestionamiento no tiene que ver únicamente con los Bancos que operan en nuestro país, a quienes se les justifica con que “su negocio es prestar dinero” y que su ganancia son los intereses.
Sino a la desprotección absoluta en la que nos encontramos como ciudadanos, ante la falta de leyes justas y autoridades competentes que nos defiendan de la voracidad de los bancos y prestamistas de cuello blanco.
A quienes sí se les da herramientas y derechos sobrados para actuar sobre el patrimonio de la clase trabajadora de los que no han podido recuperar sus ventas y su estabilidad después de haber sobrevivido a las quiebras y pérdidas que ocasionó la pandemia.
Pues, ¡¿Qué es eso de poder congelar cuentas, inmovilizar todo tipo de bienes y aparte contar con el derecho de continuar embargando más bienes hasta ahorcar, acorralar y dar muerte bancaria a quienes no puedan pagar en los términos que lo requieren los Bancos?!
Con esas medidas y garantías sobradas, por supuesto que no les apura pensar en programas que ayuden verdaderamente a quienes necesitan modificar mensualidades para retomar el cumplimiento de sus créditos.
Afortunadamente Enrique se acercó a tiempo al Barzón y con el acompañamiento necesario logramos resolver su caso y firmar un acuerdo justo de pago dando así por concluida la demanda en el juzgado.
Preocupa y ocupa el hecho de saber que, aunque el caso está resuelto, no así el problema pues resultan excesivas y totalmente injustas las medidas de presión para quienes, de momento, no pueden pagar.
Únase ya, a la Jornada Estatal para la Defensa del Patrimonio Familiar 2281148502 visite www.elbarzonrc.org Contacte elbarzonrc@yahoo.com.mx, O sígame en @terecarbajal
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