La brecha salarial de género mide la diferencia entre los ingresos que perciben hombres y mujeres en el mercado laboral y se expresa como porcentaje respecto de las percepciones masculinas. Como lo detalla ONU Mujeres, esta cifra “es la respuesta a la siguiente pregunta: ¿Cuánto más cobran de salario los hombres que las mujeres? Si la cifra es negativa, significa que las mujeres cobrarían más”.
En este sentido, los estados con una menor brecha salarial en el país son la Ciudad de México, San Luis Potosí, Chiapas y Veracruz, donde esta disparidad es menor a 10 por ciento.
La encargada de presentar estas iniciativas de reforma a favor de las mujeres fue Citlalli Hernández, titular de la recién creada Secretaría de las Mujeres: “Es una serie de reformas al sistema de protección para las mujeres y acceso a la justicia, la igualdad sustantiva, igualdad salarial, obligatoriedad de paridad de género en la administración pública. Fortalecen medidas de protección, protección frente a la violencia vicaria, que todas las entidades tengan fiscales de investigación con perspectiva de género, seguridad pública y procuración de justicia, vida libre de violencia, y el registro nacional de medidas de protección”.
La propia Presidenta Sheinbaum fue la que explico que en el Artículo 4 se establecerá el significado de la igualdad sustantiva; en los 21, 41, 23 y 116, la modificación para que haya perspectiva de género en todos los ámbitos de la administración pública y el 123 para garantizar una vida libre de violencia. Se busca igual la modificación de otros 7 ordenamientos jurídicos.
La responsable de presentar estas iniciativas de reforma fue Citlalli Hernández, titular de la recién creada Secretaría de las Mujeres: “Es una serie de reformas al sistema de protección para las mujeres y acceso a la justicia, la igualdad sustantiva, igualdad salarial, obligatoriedad de paridad de género en la administración pública. Fortalecen medidas de protección, protección frente a la violencia vicaria, que todas las entidades tengan fiscales de investigación con perspectiva de género, seguridad pública y procuración de justicia, vida libre de violencia, y el registro nacional de medidas de protección”.
En el Artículo 116 se busca disponer que las entidades federativas deberán contar con Fiscalías de Investigación de delitos por razón de género. De forma paralela, en el Artículo 21 señalaría que las instituciones de seguridad pública ajustarán sus actuaciones a la perspectiva de género.
Además, en el Artículo 41 se establece la obligatoriedad de la paridad de género en la Administración Pública Federal y Estatal.
Algunas de las reformas secundarias que pretenden otorgar más derechos y mayor protección de las mujeres son la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley Federal del Trabajo, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, y el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
La desigualdad laboral implica también las horas de trabajo. Las mujeres dedican más del doble de tiempo que los hombres a actividades no remuneradas, por lo que tienen menos tiempo disponible para trabajar por un ingreso.
Posición jerárquica. Las mujeres tienden a estar concentradas en puestos de entrada y pocas alcanzan gerencias o direcciones por falta de flexibilidad para compaginar su vida personal con su carrera profesional.
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