Rúbrica.
Aurelio Contreras Moreno.
 

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Legitimar una decisión tomada
2018-10-17

Más allá de los pros y contras que se quieran señalar sobre los dos proyectos aeroportuarios en pugna entre las administraciones saliente y entrante del Gobierno Federal, la discusión de fondo sobre la consulta a la que se convoca a los ciudadanos mexicanos la semana entrante es si es válido, legal y legítimo hacerlo de la manera como se propone.


Por principio de cuentas, así como está planteada, la consulta sobre el nuevo aeropuerto de la Ciudad de México no cumple con los requisitos para ser vinculante. Esto es, para que sus resultados tengan valor legal y obliguen a su puesta en práctica a las autoridades.


El artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que son derechos del ciudadano votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional. Éstas “serán convocadas por el Congreso de la Unión a petición del Presidente de la República; el equivalente al 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión; o los ciudadanos, en un número equivalente, al menos, al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, en los términos que determine la ley”. 


El numeral constitucional señala que la petición “deberá ser aprobada por la mayoría de cada Cámara del Congreso de la Unión”, y que el Instituto Nacional Electoral tendrá a su cargo, en forma directa, “la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados”.


Hasta este momento, ninguna de las anteriores premisas se ha cumplido. El que llama a la consulta es el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, quien no está legalmente facultado para hacerlo todavía. Y ni el 33 por ciento de los legisladores federales ni el dos por ciento de los electores del país (que equivaldrían a un millón 782 mil personas, aproximadamente) han hecho petición alguna al Congreso de la Unión.


El INE tampoco fue invitado a participar en la consulta lopezobradorista, que será organizada por la Fundación Arturo Rosenblueth, un organismo civil que tampoco tiene facultades para darle validez legal a este ejercicio. Y la Suprema Corte de Justicia de la Nación todavía tendría que resolver, previo a la convocatoria que emitiera el Congreso de la Unión, sobre la constitucionalidad de la materia de dicha consulta.


A pesar de ello, el próximo coordinador de Comunicación Social del Gobierno Federal, Jesús Ramírez Cuevas, aseguró que la consulta sí será vinculante y que la opción que obtenga más votos será la que finalmente se lleve a cabo durante el próximo sexenio, estimando una participación de entre cien mil y medio millón de personas en los 538 municipios en los que se instalarán las mesas para recibir las boletas.


Sin embargo, la Constitución también prevé que el resultado de una consulta popular será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y para las autoridades competentes “cuando la participación total corresponda, al menos, al 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores”. Lo que significa que tendrían que sufragar por lo menos 35.64 millones de mexicanos, lo cual evidentemente no va a suceder.


Desde el punto de vista jurídico, la consulta que se llevará a cabo del 25 al 28 de octubre próximos no tendrá ninguna validez. Si acaso, le servirá de parámetro al próximo gobierno para justificar la decisión que al final tome: continuar con el proyecto que se desarrolla en Texcoco o desecharlo –con las enormes pérdidas financieras que ello implicaría para el erario- para en su lugar habilitar pistas en la base militar de Santa Lucía, “parchar” al actual aeropuerto de la Ciudad de México y volver a utilizar la muy pequeña terminal que existe en Toluca.


Pero no hay que engañarse. Esa decisión ya está tomada. Únicamente quieren legitimarla y transferir la responsabilidad de sus consecuencias a la población. Grave preámbulo de un estilo de gobernar.


Email: aureliocontreras@gmail.com


Twitter: @yeyocontreras

 
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