No comprendo porque los encargados de la supervisión de estas financieras se han abstenido hasta el momento de prohibirles usar el nombre de una Institución Pública para denominar a estos créditos, dadas las confusiones que provocan y los abusos que al amparo de esa confusión pudieran cometerse.
El llamativo título del producto me generó la inquietud de conocer más acerca de los requisitos para su contratación, la tasa de interés aplicable así como su comportamiento.
Publicidad en mano, pude comprobar que dichos créditos ofrecen (sujeto a autorización) montos de hasta cuatrocientos mil pesos, y los pagos mensuales son descontados directamente del pago de la pensión, por lo que seguramente las financieras que los operan, deben de tener convenios con el Instituto para poder llevar a cabo dichos descuentos automáticos.
Lo malo de este tipo de créditos, es que si en algún momento tuvieras necesidad de “renegociar” la deuda, esto es prácticamente imposible, pues la financiera siempre contará con la seguridad de poder cobrar en automático su abono, capital e intereses.
Otro poderoso “gancho” publicitario que esta modalidad de crédito te ofrece es poder “pagar tu deuda”; sin embargo, no olvides que al pagar la anterior deuda no se negociará sobre alguna quita o descuento, pues a tu nuevo acreedor le convendrá que entre mayor sea la deuda, mayor será el monto de intereses a cobrar.
Por ejemplo para un crédito de 10 mil pesos, -según el folleto informativo que analizo- a 60 meses, es decir 5 años terminarás pagando 25,380 pesos; es decir tu deuda se elevará en poco más de un doscientos cincuenta por ciento. Dado que su Costo Anual Total (CAT) promedio es de 46.8% in IVA.
Así que antes de contratar un “crédito IMSS” tenga cuidado y analice las condiciones de su contratación, la documentación que va a firmar y tenga por seguro, que no son préstamos que le dé el “seguro”, (como habitualmente nos referimos al IMSS).
También espero que por parte del Instituto se analicen los convenios vigentes con las financieras para no permitir que se cometan abusos con una población que debe gozar de la mayor protección posible y que son los pensionados, para no mermar su calidad de vida al gravar irremediablemente sus ingresos.
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