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¿Haces Home Office? Estos son tus derechos (+Video)


Conoce tus derechos si trabajas desde casa /
Crestomatía
2020-12-09  
19:44

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de decreto para reformar la Ley Federal del Trabajo, con que los empleados que hacen home office tendrán acceso a nuevos derechos que sus empleadores estarán obligados a cumplir.


El dictamen reforma el artículo 311 y se adiciona el Capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de teletrabajo, y modifica el significado de home office de la siguiente forma:


Y agrega, en el artículo 330, que las relaciones laborales deben desarrollarse en más del 40 por ciento del tiempo en el domicilio del trabajador, o el lugar que elija fuera de la oficina, para que pueda considerarse home-office.


Además, el cambio de trabajo presencial a home office debe ser voluntario; y las partes tendrán derecho a revertirlo a la modalidad tradicional.


Por otro lado, los derechos laborales deben ser los mismos que quienes van a la oficina, en el sentido de que no podrán recibir un sueldo menor por trabajar desde casa y deben obtener las mismas prestaciones de ley.



ESTAS SON LAS OBLIGACIONES DEL PATRÓN PARA LOS EMPLEADOS QUE HACEN HOME OFFICE
En primer lugar, el empleador deberá proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos de cómputo necesarios para el home office; así como sillas ergonómicas e impresoras, entre otros.


También deberán pagarlos salarios en las formas y fechas estipuladas tras recibir oportunamente el trabajo de los empleados.


Además, el patrón deberá pagar por los costos derivados del home office, como los servicios de telecomunicación (internet) y una parte proporcional de electricidad.


Asimismo, tendrán que implementar mecanismos para resguardar la seguridad de la información y datos personales de los trabajadores; así como respetar su derecho a la desconexión al término de su jornada laboral.


También deberán otorgarles seguridad social; así como capacitarlos para el uso de las tecnologías de la información y comunicación, especialmente a quienes transitan de una modalidad presencial a teletrabajo.


…Y ESTAS SERÁN LAS OBLIGACIONES DEL TELETRABAJADOR
No sólo los patrones estarán obligados a cumplir con las modificaciones a la Ley. Los empleados también tienen obligaciones específicas, a saber:


Proteger, cuidar y conservar los equipos, materiales y útiles que reciben del empleador; así como informar sobre los costos pactados de internet y electricidad derivados del trabajo en casa.



También deberán atender y utilizar los mecanismos y sistemas operativos que la empresa designe para supervisar sus actividades; que podrán ser únicamente cámaras de video y micrófonos.


“Una reforma que sin duda aportará numerosos beneficios sociales y laborales para todos. Una reforma a favor de lograr equilibrio entre la vida personal y laboral, menos gastos familiares, atención eficiente en las responsabilidades profesionales, lo que conlleva a mayor productividad laboral”, dijo la diputada Ana Priscila González.


Crestomatía: Reporte Índigo

 
 
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