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EL TEPJF ratifica el palazo del INE a AMLO. Le impiden promocionarse en las cartas del IMSS


EL TEPJF ratifica el palazo del INE a AMLO. Le impiden promocionarse en las cartas del IMSS / Agencia Notimex
Redacción
2020-05-06  
14:21

No hagas cosas buenas que parezcan malas, y menos en política donde se te puede sancionar por ellas. 


Este miércoles 6 de mayo, brincó la resolución del Tribunal Superior de Justicia de la Nación en la que se daba a conocer que “El TEPJF confirma medidas cautelares por promoción personalizada del presidente de la República”. 


El caso es que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó en sesión privada la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de adoptar medidas cautelares por la promoción personalizada del presidente Andrés Manuel López Obrador.


El TEPJF analizó  las dos primeras versiones de las cartas para dar a conocer y difundir la implementación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con motivo de la contingencia sanitaria coronavirus COVID-19 y resolvió la procedente la solicitud de medidas cautelares impuestas por el INE a raíz de las denuncias interpuestas por el PAN, PRD y PRI. 


Con dicha resolución, se ordena al IMSS que en un plazo que no podrá exceder de las 24 horas, realice las acciones, trámites y gestiones suficientes para detener o suspender la elaboración, distribución y entrega de las cartas o documentos, que contengan el formato primero y segundo de la carta denunciada y, en su lugar, si así lo estima pertinente, sustituirlas por cartas o comunicaciones que se ajusten al marco constitucional.


En sus alegatos, el IMSS señaló entre otros argumentos que el INE hizo una indebida valoración de pruebas, que se extralimitó en sus funciones para conocer e imponer las medidas cautelares, al estar restringida su competencia para conocer de la difusión de propaganda en radio y televisión y que hizo un análisis indebido de la suspensión ordenada por el Consejo General del INE, respecto del desarrollo de los procesos electorales locales, así como de las pruebas y de las hipótesis de improcedencia, entre otras. 


Sin embargo, el palazo ya estaba dado y fue ratificado, ya que el TPJEF afirmó que luego de hacer un análisis exhaustivo del caso, las y los magistrados de la Sala Superior desestimaron los señalamientos del IMSS y ratificaron la decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE al emitir las medidas cautelares.



 
 
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