Especiales PAD
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Xalapa, Ver. Carta de León Ignacio |
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Señor Licenciado Francisco Licona González, Director General de Política al dia. Presente. Soy el licenciado León Ignacio Ruiz Ponce, ciudadano Jalapeño con Celular 2281 206574 me permito remitir los siguientes comentarios, reflexiones y conclusiones:
El pasado jueves 22 Armando Ortiz, connotado xalapeño, se refirió en la "Revista UV", a la figura de los candidatos independientes y en ese programa radiofónico reclamo "en donde está el candidato independiente" señalando al suscrito como impulsor y promotor de la candidatura "ciudadana", ahora bien, en la ley (electoral vigente) sigue apareciendo la figura de candidatos sin partido, conceptuada en el artículo 266, como "candidatos no registrados".
Es una pena que tantos recursos que se gastan para hacer un "diputado" no se vean respaldados por el electorado: David Velazco, obtuvo (apuradamente) el 33 por ciento del listado nominal, con lo que su partido ganó con tan solo 26, 314 votos de 182,715 electores inscritos...! Ahued, alcanzó 34 mil...! Entonces, quién está realmente ganando ¿en las elecciones?: El abstencionismo que es el coco del sistema. Ahora hay que ver por otra parte, que la figura de candidatos no registrados obtuvo 7,960 votos en ese proceso, que en el caso de Xalapa, se valido a 3,979 sufragios emitidos a favor de los "no" registrados.
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Desde 1996 en Córdoba iniciado el estudio y profundización en la figura legal existente para acceder al poder si ser registrado, postulado (por partido alguno) y que si bien a este espacio de los candidatos "no registrados" se le viene sumando una ascendente y nada despreciable cantidad de votos a favor de personas (personas ciertas), y con ello dio pauta para que pasadas las elecciones (del 12) la partidocracia se abrogara la bandera de las "independientes" candidaturas que ahora están en boga sin ser lo que los tratados internacionales, dan pauta a encontrar la excepción de la ley.
No busco ni pretendo una candidatura Independiente, convoco es a conocer en detalle (entre otros) el artículo 279 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales: LeGiPe, en la que establece el voto a favor de candidatos no registrados y que la ciudadanía este mas enterada de que existen tres vías, 3 formas de votar, no es necesario ni obligatorio al elector que éste tenga que votar solo por partidos y ahora por independientes, ya que hay tres opciones válidas, siendo la de los "no" registrados la tercera, propongo igual que deje de ser remunerativa la función pública y que las "campañas" y el proceso se realice sin recursos públicos.
En suma, resultó muy satisfactoria la cuestión expuesta por Armando, (a quien visite en su programa de radio, cuando fui candidato no registrado a la alcaldía) y en donde me permitió exponer a su también numeroso público la existencia de la figura legal de candidatos sin registro, que puede en el presente proceso cobrar mayor realce.
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