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Juez ordena a la SEV informar sobre sus criterios de recategorización.

La SEV deberá informar criterios de recategorización y de creación de nuevas plazas que se otorgan a sindicatos.

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Irineo Pérez Melo
2023-04-21  
13:01

SIMVE obtuvo amparo del Juez 1º de Circuito al considerar que la respuesta dada por la entidad pública no es congruente y fue omisa responder la totalidad de lo solicitado.


Cortesía de Irineo Pérez Melo.- El Sindicato Innovador Magisterial del Estado de Veracruz (SIMVE) obtuvo un amparo de la justicia federal, que ordena a la Secretaría de Educación de Veracruz (SEV) por considerar que la solicitud planteada, en torno a la recategorización y creación de nuevas plazas, no cumple con el requisito de congruencia y fue omisa al no dar respuesta a la totalidad de los puntos solicitados por la organización sindical.


Al informar lo anterior, Gerardo Velázquez Maravert, secretario general del SIMVE, dijo que este hecho sienta un precedente en la historia sindical, porque hasta ahora ningún sindicato había recurrido a la justicia federal para que la entidad pública cumpliera con el otorgamiento de estos beneficios laborales a los docentes.


En conferencia de prensa, el dirigente magisterial dio a conocer que se recurrió a la justicia federal porque la SEV no ha atendido las demandas de creación de nuevas plazas y recategorización de sus agremiados, que se otorgan por parte de la secretaría a propuesta del sindicato.


Acompañado del abogado Juan José Llanes Gil del Ángel, asesor jurídico del SIMVE, dijo que la respuesta dada por la SEV fue escueta y carente de fundamento, y que no se apega en nada a la transparencia que debe regir en la asignación de los recursos y de la cual todos los ciudadanos tienen el derecho de saber en torno a ello, omitiendo todo ello en apego a la legalidad.


Es por ello, que se promovió el amparo, debido a que la respuesta dada por la SEV no cumple con los requisitos de congruencia ya que no se refiere a lo pedido, no guarda una consecuencia lógica al contenido de la petición que se le formuló.


Además, el juez federal consideró que fue omisa en dar contestación a la totalidad de los puntos planteados por el SIMVE  y nunca indicó los motivos por los cuales a otras organizaciones sindicales sí les ha entregado lo que han pedido, esto es, ha destinado parte del presupuesto para recategorizar a sus afiliados y les ha creado nuevas plazas.


También, dijo, la SEV no quiso explicar cuáles son los criterios en los que se basa para conceder estás peticiones a los sindicatos que la propia secretaria decide que son mayoritarios, ya que en este contexto no se puede definirlos así, porque no hay un criterio establecido al respecto y el juez consideró que la SEV carecía de fundamentación.


La SEV se limitó a citar lineamientos de austeridad y contención del gasto para el poder ejecutivo, pero no se tomó la molestia siquiera de precisar cuáles eran los preceptos legales para su respuesta, así como el tomar medidas de contención del gasto que puso en operación para hacer frente a la pandemia de COVID-19.


Lo relevante de la resolución del amparo es relativo con el hecho de que la SEV infringió el principio de máxima publicidad que establece el artículo 6º de la Constitución y 13.1 de la Convención de los Derechos Humanos, ya que para el juez federal, la información sobre la actuación de todas las autoridades a disposición de los gobernados y toda persona tiene derecho al libre acceso a la información plural y oportuna, así como a buscar y difundir la información.


El Juez Primero de Distrito también consideró en su sentencia que el principio se máxima publicidad que la SEV no observa es fundamental en un estado democrático e imprescindible para que se puedan ejercer otros derechos fundamentales.


En consecuencia, con este amparo otorgado la SEV debe explicar de manera puntual y correcta al SIMVE, a través de una respuesta congruente y motivada la razón del por qué hay sindicatos de primera y sindicatos que parecieran ser de segunda en el contexto educativo de Veracruz, al recibir un trato distinto, al lograr que se les obsequian aquello que solicitan, como son las recategorizaciones y plazas de nueva creación, y deberá dar a conocer cuáles son los criterios con base en mis cuales asigna estos beneficios.


Sin embargo, dijo el jurisconsulto, que da la impresión de que a la SEV no le sienta la transparencia, ya que a pesar de la sentencia emitida por el juez federal es exacta, ésta impugnó dicha resolución buscando revocarla y no tener que dar la información solicitada.


Dudó que un tribunal colegiado de circuito vaya a invalidar esta resolución, pero si así fuera, por razones infortunadas quedara para la historia que un juez federal le dijo a la SEV que aunque no le guste tiene que actuar bajo los principios de máxima publicidad y total transparencia y definir con que criterios decide a un sindicato concederle su petición de recategorizaciones y de creaciones de plazas y a otros no, subrayó.


La resolución final se determinará una vez que se dicte sentencia, pues con la promoción hecha por la SEV, esto tardará un buen periodo de tiempo y se prevé que antes de concluir el presente año, la SEV se vea compelida a otorgar la información en los términos establecido en el juicio de amparo, concluyó.


 

 
 
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