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REGULAR LAS APP: ORFIS

La Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado de Veracruz debe impulsar estas reformas, para evitar que en el futuro ocurran ilegalidades como las que hoy se presentan

Congreso del Estado de Veracruz /
Filiberto Vargas Rodríguez
2021-07-29  
21:23

El Órgano de Fiscalización Superior de Veracruz (Orfis) no se limitó a presentar un informe detallado de las inconsistencias que detectó en la revisión de las Cuentas Públicas del 2019.
También insistió en la sugerencia de reformas en materia de disciplina financiera y claridad en la celebración de contratos entre los entes fiscalizables y empresas contratistas.
Y digo “insistió”, porque en el mismo Informe General Ejecutivo se advierte que dichas propuestas “fueron también puntualizadas en el Informe General Ejecutivo de la Fiscalización a la Cuenta Pública 2018, sin embargo no se registran a la fecha modificaciones a la normativa”.
Llama la atención que entre las sugerencias del Orfis se destacan modificaciones a las normas que operan en la creación de Asociaciones Público-Privadas (APP), justo el mecanismo que tiene en la actualidad al borde de la quiebra al Poder Judicial de Veracruz.
Pone el Orfis especial acento a la Ley de Asociaciones Público-Privadas, que en su Capítulo Segundo denominado “de las propuestas no solicitadas”, se establece en el artículo 24, la posibilidad de que “cualquier interesado en realizar un proyecto de asociación público-privada podrá presentar su propuesta a la Dependencia, Entidad o el Municipio, según corresponda, para la realización del mismo”.
De acuerdo a lo señalado en la fracción V, de ese artículo, cuando en el concurso sólo participe quien presentó la Propuesta No Solicitada, podrá adjudicársele el Proyecto correspondiente, siempre que hubiere cumplido con los requisitos establecidos en las bases del citado concurso.
El Orfis propone que se agregue: “para garantizar que la contratación se realizará bajo los mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad, entre otras opciones, deberá confirmarse por parte del Secretario de Finanzas, Tesorero Municipal o su equivalente, según corresponda a su ámbito de competencia, mediante la realización de un estudio de mercado”.
Esta observación es importante pues –por ejemplo- una de las críticas que más se le han hecho a las APP de las Ciudades Judiciales, es que los costos están inflados.
El Orfis sugiere, además, modificaciones a la presentación de “propuestas conjuntas” para la adjudicación de los proyectos de asociaciones público-privadas. Y explica que en el marco normativo se pasa por alto que en las Bases emitidas por los convocantes, para la presentación de las “Propuestas Conjuntas”, se excluye del cumplimiento de diversos requisitos establecidos en la Ley:
No se establece que para la presentación de una propuesta conjunta, previamente deba darse la conformación previa de la “agrupación”; no se exige la presentación del escrito, mediante el cual la “agrupación” manifiesta previamente su interés por participar en el procedimiento de adjudicación; no se exige la compra de las bases del concurso, por parte de los integrantes de la “agrupación”, y no se hace exigible, a los integrantes de la “agrupación”, el acreditamiento de su capacidad legal, experiencia y capacidad técnica, administrativa, económica y financiera.
Quizá demasiado tarde, pero la Comisión de Vigilancia del Congreso local debe impulsar estas reformas, para evitar que en el futuro ocurran ilegalidades como las que hoy tienen al Tribunal Superior de Justicia de Veracruz en la peor crisis financiera de su historia.


(De la columna "Punto de vista")

 
 
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