Dicha iniciativa es la cúspide hoy, del grave retroceso en materia de tutela y protección de derechos humanos en que nos encontramos, porque la misma atenta contra el salario, contra el empleo y nos deja en total indefensión como usuarios solicitantes de créditos en relación a las entidades financieras que durante años han intentado secuestrar el salario, para tomarlo como fuente de pago de los créditos otorgados.
Antes de explicar dos de los puntos medulares de la misma; cabe hacer la aclaración de que la exigencia de los usuarios no es dejar de pagar lo que se solicitó en préstamo, pues la lógica nos dice que toda deuda se paga con el sueldo o los ingresos que se perciben por un trabajo o servicio prestado.
Pero ello es muy diferente a ser privado de tus ingresos y que ese dinero sea directamente abonado a la cuenta del prestamista. Si ello fuera tan fácil, se correría el riesgo de que cualquiera (sin derecho) pudiera disponer libremente del producto de nuestro trabajo, y eso recibe un nombre que puede ser explotación o esclavitud.
Derivado de ello, es que en nuestro máximo ordenamiento legal la Constitución General de la República protege al salario, también lo hacen las leyes secundarias y la Ley Federal del Trabajo, porque nadie, absolutamente nadie, puede ni debe disponer o cobrar por nosotros el fruto de nuestro trabajo diario.
Bien, después de hecha la aclaración anterior, pongo de relieve dos puntos que hacen a la iniciativa, una de las mas aberrantes formas en que el poder del dinero se ha manifestado en agravio de los trabajadores y de los ciudadanos.
Primero, la irrevocabilidad de la misma, ¿qué significa?, que quien sufra de un descuento quincenal en su sueldo del que se tomará para pagar la deuda, perderá la libertad de revocar dicha orden, es decir perderá la libertad de disponer de su dinero. Volveremos a ver la esclavitud en donde los explotadores serán los bancos, financieras y agiotistas de cuello blanco.
En este primer supuesto nos oponemos a dicha irrevocabilidad por los graves problemas que ha ocasionado en el pasado la práctica de las nomineras y sofomes en los sueldos de los trabajadores, como aumentos de líneas de crédito, tasas de interés superiores al 78% anual, falta de claridad en los saldos, y perpetuación de las deudas. Dichas empresas aun sin ley, han practicado esta forma de acreditar a quienes por urgencia requieren liquidez, y aun estando sujetas a la supervisión de la Condusef, se llega hoy en día a dicha instancia y salen de ahí con impunidad. ¡Imagínense Ustedes el poder que van adquirir ahora que ya será ley! La iniciativa “pacta” que serán supervisadas por la condusef, ¡como si eso fuera defensa!
No, hay muchos vacíos aún, hay mucho por reformar en esa noble institución pero simplemente o no se dan abasto o no tienen facultades, así que ya no se le puede encomendar sin darle facultades extras, la solución de un problema que no han podido resolver como lo es meter en cintura a los abusivos.
Segundo, los patrones serán avales, obligados solidarios de la deuda; en qué tremendo problema queremos poner a los patrones, no, esto no es posible vamos a complicar el problema en lugar de resolverlo.
¡No, a la Cobranza Delegada!
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