Fuera de foco.
Silvia Núñez Hernández.
 

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La ilegal extinción del SAS [segunda parte]
2016-09-05

La historia sindical ya la conocemos. No liquidaron conforme a derecho a los trabajadores, acto que ha originado diferentes protestas y “reuniones” tanto con autoridades del gobierno del estado de Veracruz –encabezada por Flavino Ríos Alvarado, secretario de Gobierno- como con los diputados locales que encabezan Comisiones Unidas para la extinción del Sistema de Agua y Saneamiento en donde destacan a Alejandro Zairick Morante quien funge como  presidente; Marco Antonio del Ángel Arroyo, David Velasco Chedraui, María del Carmen Potón Villa, Raúl Zarrabal Ferat, Jesús Alberto Velázquez Flores, Jesús Vázquez González, Antonino Baxzi Mata y Edgar Hugo Fernández Bernal. Sesiones a las cuales sólo han asistido los tres panistas y del PRI, únicamente, David Velazco Chedraui, los demás han mostrado un rotundo desinterés en el tema que les fue conferido.


 


Tampoco el Grupo MAS conformado por estos dos empresas extranjeras, han cumplido con el requisito de invertir en infraestructura y actualmente, muchos ciudadanos veracruzanos que habitan en municipios de Veracruz y Medellín de Bravo, se encuentran sin agua y quienes gozan del vital líquido, lo reciben a cuenta gotas, contaminada –pues Grupo MAS no clora el agua- y además, tampoco se encuentra tratando las aguas negras originando una impresionante contaminación ambiental tanto en lagunas, ríos y el Golfo de México –todo esto ha sido denunciado por ex trabajadores del SAS a través de las redes sociales-.


 


El pasado 4 de agosto del 2016, la Red Ciudadana en Defensa del Agua –integrada por las asociaciones civiles del puerto de Veracruz y Medellín de Bravo- logró que algunos de los nueve legisladores que conforman la comisión que analiza la extinción del Sistema de Agua y Saneamiento escucharan la investigación que habían realizado sobre todas y cada una de las violaciones que el ayuntamiento de Veracruz presidido por Ramón Poo Gil:


 


Anomalías en el Proceso de Privatización del SAS que expusieron a los legisladores fueron:


 



  1. El diagnóstico para la mejora financiera y operativa del Sistema de Agua y Saneamiento con fecha de diciembre del 2014 y el dictamen del SAS, Medellín de Bravo y Boca del Río con fecha del 08 de octubre del 2014, fueron presentados sin firmas y sellos que dieran legalidad en el proceso.


 


El Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) establece en el resolutivo del recurso de Revisión IVAI-REV-644-2005-II, que todo documento público, es imprescindible que esté con firma autógrafa del funcionario público en ejercicio para que sea auténtico de él. En los términos del artículo 129  del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.


 



  1. La convocatoria de licitación pública internacional que se realizó en el Congreso del Estado de Veracruz, la cual no está contemplada en el dictamen de las comisiones permanentes, aprobaron una licitación pública, pero no internacional infringiendo en leyes como:


 


-      Dictamen de Evaluación de las Propuestas Técnicas y Económicas de la Licitación Pública Internacional LPI-SAS-DAF-001/15 para la selección del socio inversionista.


 


-      Título de concesión otorgado a Grupo MAS, el cual fue avalado en el congreso local el 20 de agosto del 2015, pero con ello no se determinaba la extinción del SAS, acto que indebidamente el alcalde de Veracruz, Ramón Poo Gil realizó sin tener los fundamentos legales para hacerlo.


 


En la exposición de fundamentos que la Red Ciudadana en Defensa del Agua le manifestó a los legisladores, se concentraban también sobre los artículos de la Constitución Mexicana y de la Ley Orgánica del Municipio Libre que se trastocaron por la voracidad del alcalde de Veracruz, Ramón Poo Gil, quien sin importar la violaciones a las que estaba incurriendo, desapareció sin autorización del Congreso Local, el Sistema de Agua y Saneamiento, dejando sin trabajo a tanto trabajadores sindicalizados como de confianza.


 


Otro aspecto que ha violentado el presidente municipal de Veracruz es:


 


1-   La Ley Orgánica del Municipio Libre, en su artículo 96 párrafo II, en donde determina que las concesiones para usar , explotar y aprovechar bienes del dominio público municipal, deberán sujetarse a las siguientes bases:


 


II. Sólo podrán ser otorgadas a favor de individuos mexicanos o de sociedades constituidas conforme a las leyes del país con cláusulas de exclusión de extranjeros.


 



  1. La Ley de Aguas del Estado de Veracruz en su artículo 43 Bis en donde se establece los derechos por la prestación del servicio público; la aplicación de las sanciones por infracciones a esta ley, la planeación, programación y presupuestación del gasto público, la administración financiera, así como los recursos humanos y materiales; la contabilidad gubernamental y la integración de la deuda pública, así como el dominio y administración del organismo operador intermunicipal se sujetarán a lo dispuesto en el Código (…) Los organismos operadores intermunicipales entregarán mensualmente al Congreso del Estado, los informes sobre el avance de la gestión financiera y anualmente en la Cuenta Pública del año inmediato anterior, conforme a la ley de la materia.


 



  1. Artículo 49 en donde establece que el plazo máximo para otorgar una concesión que otorgue un ayuntamiento es de 15 años y, a su vencimiento, este podrá solicitar al Congreso del Estado en forma motivada y fundada, la prórroga de la vigencia del título de concesión, por otro periodo similar. Esto fue orquestado también por los legisladores que indebidamente le otorgaron una concesión a Aguas Barcelona y Odebrecht por 30 años.


 



  1. La Ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, en su artículo 26 Tercero en donde establece que las licitaciones públicas, cuyo monto rebase el equivalente a cinco millones de días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal y en aquellos casos que determine la Secretaría de la Función Pública atendiendo el impacto de la contratación tenga en los programas sustantivos de la dependencia o entidad, participarán testigos sociales. [Acto que el alcalde de Veracruz ha incurrido en la ilegalidad, luego de que no convocó a la ciudadanía para elegir a quienes participarían como testigos de dicha convocatoria de licitación].


 



  1. Artículo 28 donde se establece que las licitaciones públicas serán de tipo de contratación de arrendamientos y servicios y en las cuales sólo podrán participar personas de nacionalidad mexicana.


 



  1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 115 fracción III inciso A, en donde establece que los municipios tendrán a cargo las funciones y servicios públicos siguientes:


 


a). Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de las aguas residuales.


 



  1. Derechos humanos violentados con la aprobación y aplicación de la privatización del Sistema de Agua y Saneamiento:


 


Artículos Primero, Cuarto y Sexto del Apartado A, el artículo octavo.


 



  1. Derechos universales violentados y el más fundamental que todo ser humano tiene: El derecho humano al agua.


 


Con esta privatización al agua se violentan el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en los artículos 11 y 12 del Pacto OG-06 [derecho a la vida] 0G-12 [derecho a la alimentación], OG-14 [derecho al más alto nivel posible a la salud] y OG-15 [derecho humano al agua].


 


En una entrevista exclusiva vía telefónica, realizada el 31 de agosto del año en curso al diputado local panista, Alejandro Zairick Morante, se le cuestionó sobre los amañados procedimientos en las que ha incurrido el alcalde de Veracruz, Ramón Poo Gil. La sorpresa, es que el diputado local panista, expresó que edil porteño ha procedido legalmente, pese a que el 4 de agosto del 2016 la Red Ciudadana en Defensa del Agua hizo señalamientos puntuales con documentos que daban sustento a la ilegal extinción del SAS.


 


También se le cuestionó sobre la fecha en la que darían respuesta a la solicitud de evaluación que las asociaciones civiles le estaban solicitando sobre las irregularidades que Ramón Poo ha incurrido y este expresó que se encuentran “evaluando” toda la información recibida que le solicitaron al alcalde porteño, al alcalde de Medellín y a la propia Angélica Navarrete, líder sindical del SAS quienes ya la entregaron en “tiempo y forma”.


 


Curiosamente un legislador que integra la misma “comisión” externó a esta redacción de manera extraoficial, que el alcalde de Veracruz no ha entregado absolutamente nada y tampoco el alcalde de Medellín y mucho menos la lideresa del desaparecido violatoriamente por Poo Gil, Sistema de Agua y Saneamiento.


 


¿Por qué Zairick está muy interesado en defender al alcalde de Veracruz? ¿Será el famoso “cabildeo” que representa muchos ceros por delante? ¿Será que le está preparando el terreno a la próxima legislatura para dejarlo plano en la pretensión del alcalde de Boca del Río de privatizar el agua y hacer un negocio de ésta?


 


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