Seguramente que la bancada de MORENA que representa la segunda fuerza legislativa en el Congreso por el número de diputados y diputadas que tiene, en la sesión de este martes, aprovechará la ocasión, para demandar lo conducente.
No sabemos si tendría que volver a repetirse el juramento, ahora mencionando a la Constitución del Estado de Veracruz, si demandarán la destitución de la presidenta panista María Elisa Manterola Sáinz por incompetencia para el cargo, porque lo cierto es que en la Ley Orgánica del Poder Judicial no se tiene contemplada esa situación.
Porque, de hecho, no se cumplió con lo establecido en la Ley Orgánica que en su Artículo 15 que textualmente señala lo siguiente: El Presidente de la nueva Mesa Directiva, para los efectos de lo dispuesto en la fracción III del artículo anterior, se pondrá de pie y lo mismo harán los demás integrantes del Congreso. Aquél prestará, con el brazo derecho extendido, la protesta siguiente:
“Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mirando en todo por el bien del Estado; y si así no lo hiciere, que el pueblo me lo demande”.
El resto de los integrantes del Congreso, para los efectos de la fracción IV del artículo anterior, permanecerá de pie y el Presidente de la Mesa Directiva les tomará la protesta siguiente:
¿Protestan guardar y hacer guardar la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mirando en todo por el bien del Estado?
Los Diputados electos responderán: “Sí protesto”.
El Presidente proseguirá: “Si así no lo hicieren, que el pueblo se los demande”
Una vez que se hayan rendido las protestas constitucionales, el Presidente de la Mesa declarará formalmente instalado el nuevo Congreso, mediante la siguiente fórmula:
“La (número) Legislatura del Congreso del Estado se declara legalmente constituida”.
Acto seguido, se hará la designación de las Comisiones de Cortesía para comunicar, al Gobernador del Estado y al Presidente del Tribunal Superior de Justicia, la elección de la Mesa Directiva y la legal constitución del Congreso. Asimismo, comunicará lo anterior, mediante oficio, a los Ayuntamientos del Estado, a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la Federación y a los órganos legislativos de las entidades federativas de la República.
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