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Rodolfo Chena Rivas.
 

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Sistemas Jurídicos
2017-04-20

Rodolfo Chena Rivas


www.rodolfochenarivas.blogspot.mx


El conocimiento panorámico o detallado de los sistemas jurídicos contemporáneos supone, en primer orden, abordar los paradigmas teóricos de naturaleza científica con base en los cuales se intenta relacionar nociones, disciplinas y conceptos jurídicos fundamentales, bajo el presupuesto de que forman un entramado teórico que puede ser concebido como un “sistema”. A este respecto, de forma destacada, Kuhn ha señalado que los paradigmas son “realizaciones científicas universalmente reconocidas que, durante cierto tiempo, proporcionan modelos de problemas y soluciones a una comunidad científica”. En esta lógica, entonces, el desarrollo científico, más que progresivo o acumulativo, sería paradigmático, entendiendo que un paradigma responde al conjunto de conocimientos, suposiciones y creencias de un grupo específico, y posee integridad histórica en una época determinada. La sustitución de un paradigma por otro es un punto de viraje en el desarrollo de una ciencia, que se expresa con cambios y controversias por los que la comunidad científica rechaza una teoría reconocida, para adoptar otra incompatible con ella, modificando las normas de la profesión y las soluciones legítimas de un problema. Así, una nueva teoría, generalmente, no incrementa lo que ya se conoce, sino que lo transforma; reconstruye la teoría anterior; reevalúa los hechos anteriores; no la realiza un solo hombre; y no se realiza en un momento, sino en un periodo. Consecuentemente, una teoría que es aceptada como paradigma parece mejor que sus competidoras, aunque no explique todos los hechos que se confrontan con ella.


Ahora bien, al igual que en otros campos científico sociales, el estado de la cuestión sobre la sistematicidad jurídica suele pluralizarse, debido a que no existe una explicación absoluta que dé cuenta de la totalidad de las relaciones jurídicas; antes bien, en el decurso histórico de la centenaria y paulatina construcción de la Ciencia Jurídica, es posible observar orientaciones y acentos distintos, no sólo porque podamos identificar épocas sucesivas en las que predomina una forma de conocimiento; sino también porque, dentro de una época, pueden reconocerse escuelas de fundamentos distintos o, en el extremo, opuestos. Sistema es un constructo que se basa en la idea de que los conocimientos que se obtienen de la labor investigativa, sobre los elementos de un objeto de estudio determinado, son susceptibles de ser puestos en relación sucesiva o simultánea para explicar, de manera dinámica, cómo funciona el trozo o aspecto de la realidad que, ideal o realísticamente, el investigador ha recortado o aislado con el propósito de edificar definiciones que expongan o describan el funcionamiento del fenómeno examinado, mediante la ilación metódica de conceptos que, por su sujeción a la lógica de establecer fundamentos ciertos o reales, adquieren un sentido estático en largos periodos. Congelar la dinámica de las relaciones jurídicas en nociones, supuestos y conceptos, nos lleva al desarrollo de teorías y modelos cuya confiabilidad pasa por la prueba de su veracidad para explicar la realidad de los fenómenos jurídicos, o modelar tanto el perfil como el ritmo de su ocurrencia. Lógicamente, lo siguiente es preguntarse inmediata resulta la de saber “¿Qué es el Derecho?”. Seguiremos.

 
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