Debo no niego; pago lo justo.
Teresa Carbajal.
 

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Créditos de Nómina… ¿y el desempleo?
2017-09-12

¡Entre huracanes y despidos! Así hemos iniciado el mes de septiembre, y aunque los primeros han ocasionado, cuantiosos daños, pérdidas económicas y humanas, al devastar ciudades enteras, evidenciando que sea cual sea el índice de previsión por parte de las autoridades en materia de protección civil para enfrentar el paso de estos meteoros; nunca será suficiente y siempre habrá daños por lo que la encomienda en todo caso es, atenuar los mismos.


Con el desempleo ocurre algo similar; pues quedar desempleado es una de las peores experiencias que puede pasarnos a cualquiera, y para la que nunca se está preparado. Ello, en parte por la pauperización de los salarios, pero también por la falta de ordenamiento en las finanzas personales, como la falta de un presupuesto familiar, con programación de ahorro y fondo de emergencias.


Así, al ir viviendo “al día”, de manera automática hemos resultado inmiscuidos en el complejo mundo de los préstamos bancarios. Pues tener un adeudo, es nuestro denominador común, ya sea porque debemos el crédito hipotecario, el automotriz, la tarjeta de crédito, o los meses sin intereses de la última venta nocturna; pagos que teniendo un trabajo estable muy ‘apuradamente’ pero se van cubriendo.


¿Pero qué pasa con los créditos que están vinculados a la cuenta de nómina, si nos sobreviene el desempleo?


Me refiero a los Créditos de Nómina, este tipo de préstamos que han tenido gran aceptación, por parte de los trabajadores, pues su otorgamiento va en función del sueldo que perciben, abreviándoles la cobertura de requisitos solicitados por los bancos para ser beneficiarios de un crédito, y cuya ventaja para ambos –banco/trabajador- es, que el pago es automático por medio de retiro periódico y directo en la nómina. Así la deducción automática del pago, sin tomar acciones adicionales para obtenerlo, permite ofrecer bajas tasas de interés.


Otra de las ventajas de este crédito, es que no requieren aval pues la garantía del importe del crédito, es el propio sueldo, y gracias a la “portabilidad de nómina” el trabajador puede seleccionar el banco de su preferencia para que se le deposite su sueldo, pensión y otras prestaciones de carácter laboral; y con ello elegir a quien contrata un préstamo de nómina, privilegiando a aquel que le ofrezca mejores condiciones en materia de tasas de interés, plazos, comisiones.


Todo lo anterior, mientras el trabajador reciba su salario… sin embargo, con todas las bondades de los créditos de nómina, lo grave sobreviene cuando ocurre el desempleo, pues es evidente que ese depósito de sueldos y por tanto el retiro del pago automático que recibía el  banco, ya no será.


Y ante la creciente ola de desempleo que vivimos es necesario estar preparados; y saber qué hacer. Pues según se desprende del reporte Indicadores Básicos de Créditos de Nómina que emitió el Banco de México (Banxico) a diciembre 2016, que se publica en cumplimiento al artículo 4 Bis 2 de la Ley para la Transparencia y el Ordenamiento de los Servicios Financieros y que resume el uso y comportamiento de los créditos otorgados por bancos comerciales y otras entidades financieras reguladas asociadas a un banco.


El –antes- crédito al consumo con menor riesgo de impago, fue durante el año 2016 el que más repuntó en índices de morosidad, mostrando tendencias al alza,  debido al incumplimiento que observan sus deudores. Ello obedece a una respuesta lógica: El Desempleo. A mayor índice de desempleo, mayor será la moratoria que este tipo de créditos presente.


Pero aquí lo importante es saber qué hacer en caso de quedar desempleado y tener inconcluso un crédito de esta naturaleza, para ello debe ir a su contrato. Sí, revise su contrato en él encontrará (en el apartado de cláusulas) si el crédito cuenta con seguro de desempleo, -que en la mayoría de los casos es así- y conocerá las condiciones para activarlo, pues no opera de manera automática.


Seguramente deberá dar parte al Banco, obtener el folio correspondiente, y conocer las condiciones del seguro, es decir si habrá prórroga o diferimiento del plazo para el pago, si las mensualidades disminuirán o se irán al final del crédito, si goza de alguna condonación o quita preferente para liquidar de manera anticipada, en fin conocerá todas las opciones con las que cuenta para solucionar el crédito.


También en el contrato encontrará –si es que nunca antes había tenido curiosidad de revisarlo- el costo de las comisiones o penalizaciones por pago tardío, y que se cargaran a su cuenta, mientras usted no dé aviso de que perdió su fuente de empleo. Quizá no venga mucho al caso comentarlo, -pero la ocasión se presta-, este tipo de créditos cuenta también con seguros en caso de fallecimiento del titular, que sus familiares deben conocer, si llegara la ocasión.


En resumen, sirva este espacio para insistir nuevamente en la invitación que le hago de leer su contrato, previo a contratar, pero si no lo hizo, este es el momento, y así -como en el caso de los huracanes- no evitará los daños, pero por lo menos sí, los atenuará.


¡Hasta la próxima!


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