Años después Valentina y Nicolás fueron demandados, refieren que tuvieron que contratar al ‘mejor’ abogado de aquel lugar para que les llevara el caso. Confiados en que todo “iba bien” lo creyeron hasta que en días pasados por correspondencia del Barzón se enteraron que su casa saldría a remate judicial en el precio de 45 mil pesos.
Aturdidos por la noticia, comenzaron a buscar los recibos para demostrar lo pagado, percatándose hasta entonces que los mismos habían sido expedidos por una entidad financiera diferente a la que en su momento les prestó el dinero; aunado a lo anterior, los pagos los hicieron al tiempo que su acreedor avanzaba con la demanda, sin que el juez tuviera conocimiento de ellos.
Lo que es incorrecto, porque cuando ya existe una demanda por cobro de pesos, todo pago hecho al adeudo deberá hacerse del conocimiento del juzgado y bajo convenio en donde se asiente la forma y cuantía del pago, previamente aceptado por el acreedor. Pagar de un modo distinto le coloca en el riesgo de “regalar” o perder su dinero, de lo que no fueron advertidos por su abogado.
Ahora viven la desesperación de perder la vivienda, que ya no es de ellos en los hechos, pues se la obsequiaron a su hijo, quien edificó en aquella modesta propiedad (con el producto de su trabajo y ahorros) su casa habitación, cuyo valor supera y por mucho los 45 mil pesos en los que la subasta la financiera.
Ambos casos son reprobables por el abuso que cometen las financieras aprovechándose de la necesidad de sus clientes para firmar documentos que después usarán en su contra, tal parece que mas que dedicarse al préstamo de dinero ¡se dedican a despojar a los usuarios de sus propiedades!
Pero ante un hecho tan reiterado y de dominio público ¿En donde están las autoridades para frenar con eficacia este modo de operar de las financieras y proteger a los usuarios?
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