Debo no niego; pago lo justo.
Teresa Carbajal.
 

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Violencia financiera
2020-03-11

El nueve ninguna se mueve, pretende evidenciar la violencia que padecemos las mujeres, demandar justicia para aquellos casos de abuso, pero sobre todo exigir freno y castigo a los feminicidios.


Para prolongar los efectos de esta protesta que se caracterizará por un paro de labores al que cada día más sectores de suman, debemos reflexionar sobre todas las causas de esta problemática, los espacios en donde la violencia se genera y los factores que la hacen posible.


Es decir, no todas las formas de violencia son físicas, ni tampoco emocional, en consecuencia los efectos que producen son variados, por ejemplo, una mujer puede ser víctima de violencia patrimonial y ello también dañará su dignidad le impedirá llevar una vida plena y mermará su capacidad de afrontar la vida. 


Es decir alguna puede ser forzada a estar unida a alguien que no desea o a observar determinado comportamiento, bajo la presión de ser despojada de su casa o de no proporcionarle dinero necesario para subsistencia, modalidad de maltrato y abuso que en muchos casos pasaba desapercibida, ahora ha comenzado a identificarse como violencia patrimonial y/o económica.


Pero, ¿qué hay de la violencia que sufren las mujeres que en busca de oportunidades de crear un autoempleo acceden a pedir préstamos en financieras a cambio de pagar intereses desmedidos muchas veces impagables?


¡Ah!, a eso aún no se le conoce como violencia, es mas ni se le menciona como tal, pues siempre la culpable será la usuaria por no “fijarse lo que firmó”, o por andar “pidiendo prestado”, es mas en muchos casos son señaladas por su propia familia como “morosas” e irresponsables, cuando precisamente solicitaron los préstamos, por lo contrario, contribuir con el ingreso familiar.


Esos contratos de usura legalizada, no pagados a tiempo, son llevados ante tribunales en demanda ante jueces que por lo inflexible de las leyes a aplicar, no tiene mucha ocasión de analizar las causas que generaron el endeudamiento, o incluso valorar la situación de desventaja en que se encuentra la deudora frente a los expertos financieros que programaron los créditos para recuperar la inversión y nunca perder el capital prestado, por el contrario multiplicarlo tantas veces se pueda.


En esa fría letra de las sentencias dictadas de manera ya “automática” condenando al pago de lo reclamado no se valora si la acreditada, leyó o entendió el contrato, tampoco si tuvo dinero para contratar a un abogado que la defendiera. 


Cuantas veces ellas se quedan con los comprobantes de pago en las manos, creyendo que con tenerlos no pueden ser condenadas a pagar doble o lo que no deben.


Esta triste escena, es algo más cotidiano de lo que Usted se imagina, ¿qué leyes hacen falta para que la mujer tenga una efectiva protección a sus derechos humanos?, ¿qué necesitan los legisladores para darles la mayor protección posible frente a los dueños del dinero?


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