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¡No hay sobrerrepresentación! Morena y aliados alcanzan la Mayoría Calificada en la Cámara de Diputados

Se quedarán con el 72% de los escaños. Consejo General del INE señala en "Anteproyecto de Acuerdo" que no hay sobrerrepresentación

Anteproyecto de Acuerdo /
Redacción
2024-08-21  
00:03

La integración de la Cámara de Diputados, de conformidad con el “Anteproyecto de Acuerdo para la asignación de Diputaciones de Representación Proporcional” del Consejo General del INE, estaría dándole a Morena 75 diputaciones plurinominales; al PT, 13; al Partido Verde, 20; al PAN, 40; al PRI, 26; y a Movimiento Ciudadano 26. 


Con lo anterior, Morena y sus partidos aliados estarían obteniendo la mayoría calificada en la Cámara de Diputados con 364 diputados entre Mayoría Relativa y Representación Proporcional, lo que representa el 72.8% de los escaños disponibles. 


Por su parte, el PRIAN estaría quedándose con el 21.4% de los diputados, mientras que Movimiento Ciudadano se quedaría con el 5.4%. 


Así, cuando menos en la Cámara Baja, la coalición formada por Morena-PT-Verde, estaría logrando su objetivo del llamado “Plan C” y podría impulsar las reformas constitucionales sin necesidad de contar con los votos de la oposición. 


En total, de los 200 espacios plurinominales, 103 corresponderán a mujeres, y 97 a hombres. 


Entre quienes entrarán como diputados y diputadas plurinominales por la Tercera Circunscripción están los nombres de los veracruzanos Julen Rementería del Puerto, Sergio Gil Rullán, Javier Herrera Borunda, Eleazar Guerrero Pérez, Lorena Piñón Rivera, María del Rosario Guzmán Avilés, entre otros. 


Con respecto al criterio de la sobrerrepresentación tan discutida, se establece que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Constitución, en su fracción IV y V, se prevé la existencia de dos tipos de límite de sobrerrepresentación: “IV. Ningún partido político podrá contar con más de 300 diputados por ambos principios” y “V. En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de la votación nacional emitida (…)”. Sobre estos dos límites se basa la determinación de la no sobrerrepresentación y no conforme a coaliciones, sino conforme a partidos políticos. 

 
 
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