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Continuará Bermúdez Zurita, en prisión preventiva; amparo no procede


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Cortesía de www.imagensigloxxi.com
2017-02-08  
13:39 Xalapa

La orden de aprehensión en contra de Arturo Bermúdez Zurita se dio conforme a la ley y no proceden los amparos que promovieron los abogados del ex Secretario de Seguridad ya que no se trata de una detención por un hecho ilegal aclaró el Fiscal General del Estado (FGE), Jorge Winckler Ortiz.


“Es un amparo como los que se promovían cuando te detenía la policía y no te entregaba o al juez o al Ministerio Público, se alegaba que estabas privado de tu libertad en forma injusta y los jueces federales por disposición y así lo establece la Constitución en el 22 ordenaban que te pusieran a disposición inmediata del Juez o te dejaran en libertad, en este caso el –Arturo Bermúdez- nunca ha estado detenido ilegalmente, está detenido por una orden judicial derivado de una vinculación a proceso y justificando una prisión preventiva, no es una acto administrativo donde esté siendo injustificadamente detenido”, aclaró.


Winckler Ortiz reiteró que los amparos fueron por presunta incomunicación, así como tortura en el proceso de aprehensión, por lo que los jueces federales concedieron los amparos para que de inmediato se dejará atrás la incomunicación y la presunta tortura.


"Presentó dos juicios de amparo dónde señala incomunicación y tortura por parte de quien lo detiene y refiere que eso le ha generado una ilegal detención. Los jueces federales ordenaron se suspendiera cualquier acto de incomunicación y tortuga y ordenaron también que cesara cualquier detención ilegal, lo que no informaron los abogados del señor Bermúdez, es que en el mismo acuerdo del Juzgado de Distrito señala que si la detención deriva de mandamiento judicial o se da dentro de un proceso judicial la suspensión no procede, el está alegando actos fuera de junio que evidentemente en este caso procesal no están”, detalló.


El Fiscal dijo desconocer de dónde se filtró la fotografía de Arturo Bermúdez al interior del penal pues aclaró que los reclusorios son potestad de la SSP, así como también mencionó que hasta el momento no cuenta con ningún tipo de notificación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).


“El tema de la Dirección de Reclusorios no es un tema que tenga a su cargo la. Fiscalía, desconozco quien haya tomado la fotografía y desconozco si la Comisión Estatal de Derechos Humanos haya iniciado una queja, hasta el día del hoy no se nos ha informado”, día y señaló que espera que esta situación no afecte el proceso.


Respecto al caso del líder del movimiento de “Los 400 Pueblos” César del Ángel Fuentes, explicó que por l connotación de los delitos que enfrenta, justifican la prisión preventiva.


“Aún cuando no estén en el catálogo que designa el 19 constitucional que son los delitos que ya todos saben que se caracterizan como graves, hoy en día solamente ameritan que un juez de oficio dicte la medida de prisión, fuera de esos delitos la Fiscalía debe justificar con argumentos y datos de prueba las condiciones que permitirían que una persona se sustrajera de la acción justicia; en este caso del señor César del Ángel esos argumentos ante las pruebas de la Fiscalía la Juez de Control así lo decretó y hasta este momento no ha sido modificado por ninguna autoridad”, aseveró.


Finalmente y respecto a la presunta audiencia a la que no se habría presentado Gabriel Deantes Ramos el pasado martes, descartó abundar en el tema por la misma situación de las investigaciones.


“En este caso del señor Gabriel Deantes tiene la obligación de presentarse periódicamente y de entregar una cantidad económica porque el delito que se le imputa no es catalogado como grave, ahora bien, si él no llegar asistir la ley señala las acciones si incumpliera asistir a una situación que dijera el juzgado”, finalizó.

 
 
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